Artur Mas, a la salida del TSJC
Artur Mas, a la salida del TSJC - efe

Los juristas opinan: «El instigador del 9-N es tan responsable como el ejecutor»

Expertos consultados por ABC coinciden en la posible responsabilidad penal de Artur Mas

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El autor de un delito no es solo el que lo ejecuta. También lo es quien lo induce, promueve o coopera para que el mismo se pueda llevar a cabo. En este sentido, Artur Mas podría sentarse en el banquillo por al menos alguno de los delitos que le atribuyen en sus distintas modalidades de autoría. Y no solo eso: se enfrentaría, además, a la misma pena que el ejecutor del hecho, lo que el propio Mas llama «voluntariado». Así lo consideran los dos juristas consultados por ABC.

El presidente de la Generalitat ha dejado clara su estrategia de defensa en la causa que se sigue contra él en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por los delitos de prevaricación administrativa, malversación, obstrucción a la justicia y desobeciencia por el referéndum encubierto del 9-N.

Asume su responsabilidad política y «se desentiende de la jurídica, que a todas luces tiene», dice el catedrático de Derecho Penal Miguel Bajo.

A su juicio, «es completamente absurdo. Mas no puede eludir su responsabilidad en un hecho tan trascendente como una convocatoria prohibida apelando a que la llevaron a cabo voluntarios», añade. En su opinión, la responsabilidad jurídica del presidente es clara desde el momento en que fue un acto organizado, no espontáneo (como él quiere hacer ver), al que la Generalitat contribuyó «de forma decisiva». Lo hizo promoviendo la celebración de esa consulta, pero también poniendo a disposición de ese supuesto «voluntariado» los medios para hacerla efectiva, desde los colegios electorales hasta el programa informático.

«Es imposible imaginarse la organización de un grupo de personas que tienen que utilizar locales públicos y publicitar lo que se va a hacer sin un elemento común, que en este caso fue el Gobierno de una comunidad autónoma», señala Bajo. «La pretensión de Mas de eludir su responsabilidad por esa supuesta espontaneidad de los voluntarios es inverosímil», concluye.

En este sentido, el horizonte penal del presidente de la Generalitat es el mismo que el día antes de su declaración. «No hay nada sustancial en ella que haga desaparecer los indicios». Hay un elemento clave en la posible responsabilidad penal de Mas, que es su desobediencia a la suspensión de la consulta acordada por el Tribunal Constitucional. «Él es el responsable del Estado en Cataluña, y el Estado es el conjunto del ordenamiento jurídico que prohíbe esa consulta. El TC lo único que hizo fue reconocer que el Estado de Derecho le impedía celebrar esa consulta. Por tanto, no hacía falta un mandato expreso», argumenta Bajo.

El también penalista Luis Rodríguez Ramos discrepa de esta última opinión. A su juicio, y desde un punto de vista estrictamente jurídico, la defensa de Mas sí se puede escudar en que no había ese mandato expreso, esa advertencia sobre las consecuencias que podía tener el incumplimiento de la ley. Prueba de ello es que se ha llevado a cabo la reforma de la ley orgánica del TCpara garantizar la efectividad de sus resoluciones. «Para que haya delito de desobediencia tiene que haber un mandato expreso», insiste.

Según Rodríguez Ramos, se trata de un caso en el que hay «grandes márgenes de arbitrio judicial»; es decir, hay las mismas posibilidades de que los jueces archiven esta causa que de que sienten en el banquillo a Mas y los otros dos imputados de su Ejecutivo. «Tengo la sensación de que el TSJCno va a asumir esta responsabilidad», confiesa. El penalista reconoce que no es partidario «en absoluto» de que este asunto se haya gestionado por la vía penal y recuerda que a Mas se le podían haber exigido responsabilidades por el dinero empleado en la consultas (fondos públicos) por medio de un «procedimiento de alcance en el Tribunal de Cuentas por el que se le habría obligado a devolver» a las arcas públicas lo que no debió haber salido de ellas.

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