ESPAÑA

Cuatro instrumentos legales para evitar la consulta

MADRID. Actualizado: Guardar
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La primera herramienta que tiene el Gobierno es la ley orgánica del Tribunal Constitucional, que permite recurrir decisiones de los gobernantes autonómicos. Tras la impugnación, la corte suele ordenar la suspensión de la medida recurrida.

La segunda vía es el artículo 155 de la Constitución que establece que si una comunidad no cumple las obligaciones constitucionales u otras leyes, el Gobierno, previa autorización por mayoría absoluta del Senado, puede tomar las medidas para obligar a esa autonomía a cumplir a la fuerza las normas.

Un tercer instrumento es el artículo 404 del Código Penal que prevé la inhabilitación especial de siete a diez años del cargo público que dicte una resolución arbitrarias.

El artículo 410 del mismo Código establece una multa de tres a doce meses e inhabilitación especial durante seis meses a dos años para la autoridad que se niegue a cumplir resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior.