Luis de Guindos. / Zipi (Efe)
EMPRESAS

Las juntas de accionistas no podrán vetar los sueldos de los consejeros

El Gobierno solo les da un poder consultivo, al tiempo que limita a 12 años el mandato para los nuevos miembros independientes

MADRID Actualizado: Guardar
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Más transparencia en las retribuciones de los consejeros, aunque no por ello mayores controles. Es la conclusión que se extrae de la orden firmada ayer por el ministro de Economía, Luis de Guindos, que introduce modificaciones en las últimas regulaciones de las normas de gobierno corporativo de empresas cotizadas, cajas de ahorros y emisores de valores, que datan de 2010 y 2011.

A partir de ahora, el informe anual de gobierno de cada una de ellas deberá pormenorizar el sueldo individualizado de cada consejero y su composición (dietas, fijo, variable, primas, acciones o cualquier otro beneficio y/o indemnización), algo que algunas ya venían haciendo en los últimos años.

Asimismo, habrán de someterlo a votación en las respectivas juntas de accionistas, aunque solo con carácter consultivo, es decir, aquellas podrán oponerse pero no vetar las retribuciones.

En cuanto a los consejeros independientes, que son mayoría en más de una cuarta parte (28,6%) de las grandes empresas españolas –las que cotizan en el Ibex 35– y representan (de media), el 40,2% de los miembros de sus órganos de gobierno, se limita su mandato a 12 años, tope que ya habían establecido más un tercio de esas compañías.

En cualquier caso, aquellos nombrados antes del próximo 30 de junio que hayan superado ya ese plazo podrán finalizar todo su mandato. Según la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el 82% de los consejeros independientes en empresas del Ibex (datos de 2011) lleva más de 12 años.

Toma el control

Respecto a la estructura de propiedad, las empresas deberán informar sobre sus restricciones, sobre todo las que puedan dificultar su toma de control como los límites al ejercicio de voto o a las transmisiones de acciones. Además, deberán detallar sus planes de respuesta y supervisión ante los riesgos que se hayan materializado cada ejercicio.

Sobre las ofertas públicas de adquisición de acciones (OPA), el Gobierno también fuerza a las empresas a dar información “detallada” de los acuerdos significativos que entren en vigor o se modifiquen a raíz de las mismas. La misma obligación de transparencia se extiende hacia las indemnizaciones que decida la sociedad durante el año. Y sobre las juntas de accionistas, requiere que las compañías informen claramente sobre la posible exigencia de un quórum reforzado para la toma de algunas de sus decisiones.