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Lista de Humedales de Importancia Internacional, también conocida como Lista Ramsar

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"Cuando un país se adhiere al Convenio de Ramsar contrae una serie de compromisos generales de conservación y uso racional de sus humedales, pero también tiene la obligación más concreta de designar al menos un humedal para ser incluido en su Lista de Humedales de Importancia Internacional, también conocida como Lista Ramsar.

En la actualidad la Lista Ramsar incluye más de 1700 humedales de todas las regiones del mundo, globalizando una superficie superior a 153.000.000 ha, aunque esta cifra varía al alza de manera continuada (en el sitio web de Ramsar están permanentemente actualizadas).

En realidad, la Lista Ramsar es una lista de prestigio, ya que integra las zonas húmedas más importantes del mundo desde el punto de vista de su interés ecológico y para la conservación de la biodiversidad. La razón de ello es que sólo se admite la inclusión en esta Lista de humedales que cumplan alguno de los Criterios de Importancia Internacional que han sido desarrollados por el Convenio, lo que asegura la calidad de estos espacios.

España ratificó el Convenio de Ramsar en 1982 e incluyó entonces dos zonas húmedas en la Lista de Humedales de Importancia Internacional: Doñana y las Tablas de Daimiel. Desde entonces hasta el momento se han incluido muchos más humedales españoles en esta Lista, como justa representación de la riqueza de nuestro patrimonio húmedo y de su singularidad en el marco mundial.

En el caso español, existe un “Protocolo de inclusión de humedales españoles en la Lista de Importancia Internacional del Convenio de Ramsar” elaborado en el marco del Comité de Humedales. Las solicitudes de inclusión de humedales en la Lista Ramsar son estudiadas, en primer lugar, por dicho Comité de Humedales, que comprueba que en ellos se cumplen los criterios de Importancia Internacional establecidos por el Convenio. Una vez que el Comité de Humedales valora positivamente una solicitud, desde el punto de vista técnico, y tras comunicar esta valoración a la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, se pone en marcha el mecanismo administrativo que culmina en la inclusión efectiva de dicho humedal en la Lista Ramsar. Este proceso, que es largo y complicado, incluye desde una propuesta oficial de inclusión efectuada por la Comunidad Autónoma o Autoridad administrativa responsable de la conservación de ese espacio natural, hasta un Acuerdo de Consejo de Ministros y su publicación en BOE para, finalmente, remitir a la Secretaría del Convenio la solicitud de inclusión, acompañada de la documentación técnica requerida. Por último, se recibe un título acreditativo de que la inclusión ha sido efectuada".

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http://www.mma.es/secciones/biodiversidad/conservacion_humedas/zonas_humedas/ramsar/lista_ramsar_esp.htm