ASÍ LO VEO

La legitimidad de la representación del desempleado

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La casuística como herramienta del razonamiento y discernimiento sobre casos especialmente complejo, la crisis que ahora padecemos por ejemplo, presupone y exige soluciones particulares. La complejidad de las cuestiones que conforman el caso en sí, esto es, la crisis, justificarían al presunto mentiroso, es decir, al Presidente del Gobierno, porque sus falsedades tienen una supuesta buena intencionalidad, aparentemente tendente a no hacer daño. Parece que todo es relativo, y así pasamos de la casuística al relativismo. Es aquí donde ZP se crece y no hay quien le haga sombra. Es un auténtico artista para quedar bien con todos y dar a cada uno la respuesta que desea recibir, aunque todas sean contradictorias y antitéticas y por lo tanto imposibles de llevarlas a cabo al unísono. En síntesis, el relativismo posibilita, a la vez que admite, la mentira sin problemas, si se hace con el lícito fin de mantener la confianza en algo tan especial y complejo hoy en día como es la economía.

El Gobierno dice ponerse del lado del más débil, el desempleado. Para lo cual, la única medida a adoptar es garantizar la prestación de desempleo, como sí ésta no fuera ya un derecho subjetivo de quien se queda sin trabajo. Sin embargo, parece haber renunciado a aquellas que faciliten encontrar un empleo, por su coste político.

El Gobierno reitera su indisposición a cambiar nada sin el concurso de los agentes sociales. Es decir, si no hay acuerdo, todo permanecerá igual, manteniéndose el status quo de los que sí trabajan, pero ¿y los que no lo hacen, están representados en el contexto de la interlocución social, a través de los sindicatos más representativos? La respuesta es clara y la voy a intentar justificar.

La Constitución Española, cuando alude en el artículo 28 a los sindicatos, dice que estos son de trabajadores, y estos por definición son los que trabajan, a pesar que la legislación española permite la afiliación de los que no lo hagan. Otro concepto importante a tal efecto es la consideración de «sindicatos más representativos», que son los elegidos para actuar como interlocutores sociales y a los que se refiere el Gobierno para adoptar cualquier solución al problema de la crisis. Estos, los más representativos, son aquellos que han obtenido a nivel nacional más de un diez por ciento de los cargos electivos en las elecciones a comités de empresa o delegados de personal, elecciones a las que sólo acceden los trabajadores que trabajan, por lo que los desempleados no están representados, por que no son electores.

Por lo tanto, cuando un sindicato, de forma absolutamente legítima, se erige en defensor de los derechos de los trabajadores-representados, desde luego no lo hace desde la óptica del desempleado, que no es trabajador y no participa en el proceso electoral como elector. Sólo son elegibles, aquellos en los que depositan la confianza los electores en el proceso, que siempre son trabajadores. Si a ello añadimos que sólo el 12% de la población asalariada está afiliada, resulta que el número de desempleados rebasa con creces la cifra de afiliación.

Se hace necesario un intenso debate parlamentario, ya que sólo en esa sede es donde adquiere consistencia el problema del desempleo y la auténtica y legítima relación de representación entre representados (desempleados) y representante (Cortes españolas), para que por ésta y en aras a la solidaridad con aquellos, se revise la legislación hoy día existente y se favorezca de verdad la creación de empleo.