20 días pasan volando, no se despiste
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Han pasado 20 días y no ha recurrido, no se preocupe

Aunque los plazos para recurrir las multas son de 20 días, es posible recurrirlas una vez pasado este tiempo

Madrid Actualizado: Guardar
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Cuantas veces nos ha pasado que ha llegado una multa y con la excusa de que tenemos 20 días para recurrir o pagar se nos ha terminado pasando el tiempo.

Pero aunque lo mejor es estar siempre dentro de los plazos que marca la ley, el legislador, como nos recuerda Margarita Bernardo, del Departamento Jurídico de Pyramid Consulting, es consciente de que se pueden producir situaciones o descuidos no deseados que pueden originar negativas consecuencias en la esfera jurídica del interesado, ha previsto fórmulas adicionales según las cuales siempre se puede instar una revisión del expediente a fin de no quedarse en situación de plena indefensión.

Plazo para recurrir por ley

La antigua ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ya las contemplaba y la actual (Ley 39/2015, de 1 de Octubre), las mantiene plenamente vigentes.

Las fórmulas previstas para este tipo de “recurso extra”, sobre una resolución ya firme (la que no se ha recurrido en plazo, o que ya ha agotado la vía ordinaria de recurso), son muy variadas y pueden ir desde un recurso extraordinario de revisión, pasando por una mera petición de revocación, hasta lo que se puede considerar la vía estrella en este tipo de situaciones que es la acción de nulidad, para casos en los que los cargos, hechos o sanción que se imputa estén afectados de vicios esenciales materiales o formales de procedimiento, que de aquietarse con ellos supondrían una grave lesión en los derechos del interesado.

Por eso desde Pyramid Consulting animan a contactar con un abogado que estudie el caso y no den por perdido el mismo cuando todavía hay soluciones.

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