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El Consorcio de Seguros sí cubre daños por catástrofes en coches a terceros

Ahora el Consorcio de Compensación de Seguros asume los riesgos por catástrofe de los automóviles asegurados a terceros

Madrid Actualizado: Guardar
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El Consorcio de Compensación de Seguros ya se hace cargo de indemnizarnos si nuestro coche, estando asegurado a terceros, sufre daños por causas meteorológicas, atentados... Hasta ahora solo quedaba cubierto en caso de haber añadido una ampliación que recogiera de forma expresa este tipo de daños.

Pero desde el 1 de julio todos los coches asegurados con una póliza de seguro de responsabilidad civil de automóviles en España pasan a estar cubiertos por el CCS por los daños materiales producidos por riesgos extraordinarios, aún cuando carecieran de cobertura de daños propios.

Los riesgos extraordinarios por los que se indemnizará son:

- Fenómenos de la naturaleza: el CCS indemnizará los daños producidos a los coches con seguro a terceros en caso de terremotos y maremotos; inundaciones extraordinarias (incluidas las producidas por embates de mar o cuando se trata de anegamiento del terreno producido por agua de lluvia y desbordamiento de ríos, no por desbordamiento de agua producido por presas, canales, alcantarillas y otros cauces subterráneos producidos por el hombre al reventarse, romperse o averiarse)

- Por erupciones volcánicas: de igual modo, por tempestad ciclónica atípica (incluyendo vientos extraordinarios de rachas superiores a 120 km/h y tornados); y caídas de cuerpos siderales y aerolitos. El granizo no está cubierto

- Daños ocasionados violentamente: como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular

- Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz que hayan causado algún daño o destrozo al vehículo

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