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Policía de Caracas, durante la represión de una manifestación opositora ayer - REUTERS

Las cinco trampas del régimen de Maduro para evitar el referéndum revocatorio

El Consejo Nacional Electoral, controlado por el régimen, pone todo tipo de trabas para sabotear el procedimiento legal o al menos retrasarlo

CARACAS Actualizado: Guardar
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Los cálculos de la oposición señalan que entre octubre y noviembre de este año debe concluir el proceso que desembocaría en la convocatoria de nuevas elecciones para cambiar de gobierno. Pero el régimen de Maduro tiene la intención de alargarlo más allá de enero del 2017, para que, en caso de que lo pierda, pueda designar al vicepresidente para que concluya su mandato de los dos años restantes hasta el 2019. El portal web «El Estímulo» presentó un resumen de las trabas para llevar a cabo el referéndum revocatorio. Estas son algunas:

1. Los formularios

El 14 de abril, el directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE)decidió no aprobar el formato de formulario para recolección de firmas que activarán el mecanismo constitucional.

Una semana después, siete diputados de la Asamblea Nacional se encadenaron en la sede del poder electoral para exigir la entrega de los formularios. El día 26, se aprobó la entrega de las planillas. Habían pasado 12 días.

2. El 1% estatal

La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tibisay Lucena, decidió que se requería el 1% de las firmas del registro electoral de cada estado para iniciar el proceso del referendo revocatorio. Es una reinterpretación de la normativa ya que en el caso del cargo de presidente, debería requerirse de las voluntades del 1% a nivel nacional, no estatal.

3. Los 30 días

La rectora principal del Consejo Nacional Electoral, Tania D´amelio informó el primero de mayo que «se debe cumplir el lapso de 30 días fijado para la recolección del 1% de manifestaciones de voluntad para pasar a la fase de constatación». No obstante, la norma referida (e incluida en la Gaceta Electoral N° 405) no habla de cumplimiento de plazos, sino que «dentro de los 30 días siguientes» se deben presentar las firmas al CNE.

4. Digitalización de firmas

Otro requisito inventado consiste en escanear las rúbricas de cada una de los formularios para llevarlas a formato digital. Este requisito fue exigido por los técnicos del Partido Socialista Unido de Venezuela, y no se encuentra en ninguno de los pasos establecidos por la resolución número 070906-2770, que regula las normas de los procesos de referendos en Venezuela.

5. Calendario

El CNE no ha entregado aún un cronograma con el proceso completo del referendo revocatorio y se limitó a entregar un «cronograma técnico» que contempla hasta la validación de las firmas de las planillas recogidas a finales de abril.

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