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El Tribunal Constitucional - IGNACIO GIL

El Tribunal Constitucional anula la amnistía fiscal de 2012

El pleno del tribunal garante de la Constitución ha adoptado la decisión, que no afecta a las regularizaciones ya realizadas, por unanimidad

Madrid Actualizado: Guardar
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El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado por inconstitucional la aminstía fiscal de 2012, la norma del Gobierno de Mariano Rajoy que permitió a numerosos defraudadores regularizar su situación tributaria. La decisión la ha aprobado el pleno del tribunal por unanimidad, según han informado fuentes jurídicas.

La nulidad de la norma, sin embargo, no afecta a los expedientes de aquellos que ya hayan regularizado su situación con Hacienda, como la familia Pujol, Rodrigo Rato, o Luis Bárcenas, una cautela que busca evitar la inseguridad jurídica que provocaría revisar y dejar sin efecto las regualizaciones ya realizadas.

La sentencia, de la que es ponente el magistrado Andrés Ollero, explica que el decreto-ley (el mecanismo normativo que utilizó el Gobierno para aprobar la amnistía) está prohibido para medidas que afecten de forma «sustancial» a los deberes que fija la Constitución, como así sucede en este caso con el deber de pagar impuestos de todos los ciudadanos para contribuir a sostener los gastos públicos.

La amnistía fiscal permitió que los contribuyentes del IRPF y del Impuesto de Sociedades que defraudaron sus rentas presentaran una declaración para poner en orden su situación con Hacienda. Las rentas afloradas tributarían así al 10 por ciento, sin recargos ni sanciones. Esta ausencia de penalizaciones es considerada por los jueces para concluir que la norma afectó a un deber constitucional.

El Tribunal Constitucional, que critica la propia naturaleza de la amnistía, lamenta que esta medida supone «la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos», al dar prioridad a la urgencia de recaudar dinero para las cuentas públicas, a pesar de su origen.

Fuentes de Hacienda rechazan que la sentencia del TC cuestione el fondo de la amnistía fiscal sino la forma, ya que debió aprobarse mediante una Ley ordinaria. Sin embargo, el Tribunal emplea duras palabras contra la medida. «Debe concluirse, en suma, que con esta medida normativa se ha afectado a la esencia misma del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos (...)al haberse alterado el modo de reparto de la carga tributaria que debe levantar la generalidad de los contribuyentes, en unos términos que resultan prohibidos por el art.86.1 CE», dictamina la sentencia.

La amnistía fiscal aprobada en 2012 –el decreto ley fue convalidado por PP y CiU– permitió a 31.529 personas y empresas regularizar su situación y aflorar 40.000 millones de euros que hasta entonces estaban ocultos a los ojos del Fisco. La regularización establecía un gravamen del 10% sobre las rentas afloradas, si bien posteriormente el Ministerio de Hacienda precisó en una resolución de la Dirección General de Tributos que solo se pediría el 10% sobre los ejercicios no prescritos, es decir, los cuatro últimos que arrancaban en 2008. Por ello, en lugar de recaudar el 10% de lo declarado, 4.000 millones, se ingresaron 1.200 millones, solo un 3%.

En su momento Hacienda se reunió con bufetes y despachos para tratar de sumar acogidos, ante el temor que existía entre los interesados en regularizar. Por ello, la mayor parte de las declaraciones se presentaron en los últimos días de plazo, a finales de noviembre de 2012. Ese fue el caso, por ejemplo, del exvicepresidente del Gobierno, Rodrigo Rato. Otros nombres conocidos que se acogieron a la amnistía fueron Oleguer Pujol, el exsocio de Iñaki Urdangarín, Diego Torres, y el extesorero del PP, Luis Bárcenas.

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