Vista de un cajero en la Gran Vía de Madrid
Vista de un cajero en la Gran Vía de Madrid - MAYA BALANYA

La tasa a los cajeros de Carmena ya funciona en otras 19 ciudades españolas

Barcelona, Valencia, Zaragoza o Sevilla ya contemplan esta figura impositiva, que rechaza de plano la patronal bancaria por entender que se gravando «un servicio básico»

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La polémica decisión del Ayuntamiento de Madrid de establecer, a partir del 1 de enero, una tasa a cajeros automáticos con la tiene previsto recaudar hasta 745.405 euros, a través de los 2.084 cajeros presentes en Madrid, no es nueva ya que es una medida presente en las ordenanzas fiscales de 19 ciudades españolas. En el caso de Madrid, tal y como ha venido informando ABC, se establecerán nueve categorías fiscales con tasas anuales que variarán desde los 26,21 euros a los 747,22 euros.

Entre las ciudades que incluyen esta figuran está Barcelona, Las Palmas de Gran Canaria, Ciudad Real, Jaén, Cartagena, Teruel, Illescas, Arrecife, Alcalá de Henares, Bilbao, Málaga, Murcia, Zaragoza, Valencia, Torrelodones, Sevilla, Las Rozas, Pozuelo de Alarcón y Boadilla.

Desde la patronal bancaria, la Asociación Española de Banca (AEB), ha rechazado este tipo de tasa. Su portavoz, José Luis Martínez Campuzano, ha afirmado que están «en contra» porque, a su juicio, «supone gravar un servicio básico» como sería el acceso a la liquidez. Igualmente, Campuzano, ha advertido de que esta tasa podría repercutir en el cliente, aunque eso, ha asegurado, dependerá de la política comercial de cada entidad financiera, informa EFE.

Barcelona, Valencia y Bilbao

Sin ir más lejos Barcelona, por ejemplo,cobra una tasa a cajeros automáticos de e ntidades financieras abiertos en la vía pública a menos de 80 centímetros de línea de fachada, con distintos niveles fiscales, que van desde los 855 euros al año por la categoría A (vías de primera categoría por cajero y año) hasta los 171 por categoría E, F o Z.

Por su parte, Las Palmas de Gran Canarias se establece una tasa para cajeros automáticos anexos o no a establecimientos financieros instalados con frente directo a la vía pública con línea de fachada que oscilan, en función de la categoría de la vía, entre los 430 y los 26 euros por cajero y año.

En Ciudad Real giran alrededor de los 538 y los 215 euros; en Jaén de 640 a 625; en Cartagena de 154 a 37; en Teruel de 495 a 330; en Illescas de 730 a 681 euros; en Arrecife de 500 a 300 euros; en Alcalá de Henares de 953 a 906 euros; en Murcia de 300 a 105 euros; en Palma de Mallorca de 626 a 417 euros; en Sevilla de 1.427 euros a 648 y en Valencia de 787 a 669 euros.

El caso de Bilbao es similar al de Barcelona, ya que las cuotas se fijan en función de la categoría fiscal de la calle por un coeficiente fijo para los cajeros e igual a 12 euros, de modo que la tasa oscila entre los 126 y los 4,20 euros. En Málaga la cuota es fija, con 600 euros al año por cajero. También en Torrelodones, establecida en 635 euros y en Zaragoza, de 2.235 euros. Además en Barcelona, Málaga y Valencia se incluye el presupuesto inicial de ingresos.

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