El Ayuntamiento devolverá el IBI de los suelos no urbanizados

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El concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Toledo, José Pablo Sabrido, comunicó ayer en una rueda de prensa la decisión del Ayuntamiento de anular los recibos del IBI en los terrenos urbanizables en los que no hay ningún proceso urbanístico.

La medida viene motivada por la reforma de la «Ley del Catastro» por parte del Gobierno Central, cuyo contenido indica que el suelo urbanizable deberá cambiar su naturaleza a rústico en las zonas donde no haya sido aprobado un PAU ni existan infraestructuras que permitan su desarrollo. Esta ley tiene además efectos retroactivos desde el 1 de enero de este año.

Para que los terrenos comiecen a considerarse como rústicos, la ley puntualiza que deberá iniciarse un proceso de valorización por parte del Catastro.

No obstante, el Ayuntamiento ha preferido optar por otras vías. En primer lugar, los recibos emitidos en periodo tributario que hayan sido abonados durante este año serán devueltos «de oficio», es decir, sin necesidad de ser reclamados por la parte afectada. Además, se van a emitir nuevos recibos una vez valorizado el terreno, proceso en el que se tendrá en cuenta la localización del mismo; por lo tanto, los terrenos no tendrán el mismo valor en todos los supuestos, sino que dependerán del lugar en el que estén ubicados. «Por supuesto, si alguien ha pagado y lo reclama, la cuantía será abonada de inmediato», afirmó Sabrido durante la comparecencia. Además, los siguientes recibos no serán emitidos.

En este sentido, el concejal de Hacienda informó de que en el BOE, con fecha 25 de junio, se publicó la nueva regularización de los terrenos aprobada por el Catastro del Ministerio de Hacienda en fincas urbanísticas de más de 1.500 municipios, entre los que se encuentra Toledo. De este modo, el Catastro comenzará a revalorizar a partir de septiembre determinadas fincas que hayan podido cambiar su uso o realizar nuevas construcciones.

Respecto a la cuantía que supondrá la adopción de la medida, Sabrido admitió que se calcula que el Gobierno Local dejará de ingresar unos 500.000 euros en las arcas municipales.

El Tribunal Supremo ya se pronunció a este respecto el 30 de mayo de 2014 en una sentencia en la que dictaminó que los terrenos urbanizables sobre los que no hay ningún proceso debían ser, a efectos tributarios, considerados como rurales, pues deberían ser valorados con arreglo a su funcionalidad y utilidad real.

«Estudiaremos las cuentas detenidamente, seremos transparentes y daremos todo tipo de información», concluyó.

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