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Condenada por tachar de flojas a dos funcionarias de un juzgado de San Fernando en un foro de internet

Las acusó de ausentarse para hacer compras en su horario de trabajo o de tratar de manera despótica a los usuarios

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La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso contra la sentencia dictada en marzo de este año que condenaba a una vecina de San Fernando al pago de una multa de 1.204 euros (10 meses y un día a razón de cuatro euros diarios) por injurias graves a funcionarias públicas con publicidad.

Su delito: haber colgado en la web de un periódico varios comentarios en los que tachaba de flojas a dos funcionarias que en el año 2009 estaban destinadas en el juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de San Fernando.

La acusada escribió con seudónimo durante varios días, calificando el juzgado de «bananero», donde trataban a los ciudadanos de «manera despótica». Afirmaba que las dos funcionarias, una de las cuales ejercía de secretaria judicial, apenas estaban en su puesto de trabajo y eso motivaba, a su juicio, que el juzgado estuviera colapsado.

La acusada, aunque negó en su declaración que quisiera referirse a alguien en concreto y que quisiera atentar contra la dignidad de alguien, citó el nombre de las denunciantes, llegando a usar el apelativo cariñoso por el que es conocida una de las afectadas. Así, esta funcionaria explicó al juez que sus compañeros la identificaron rápidamente cuando leyeron los comentarios y por ese motivo fue objetivo de bromas.

Usó seudónimo para descalificar a las trabajadoras

En el juicio, la denunciada trató de defenderse alegando que había intentado criticar el mal funcionamiento del juzgado; que estaba pasando un mal momento debido a la separación de su hijo y que estaba muy enfadada por cómo se estaba tramitando el procedimiento.

Sin embargo, esos argumentos no convencieron en marzo ni al juez del Penal nº 3 de Cádiz ni ahora a la Audiencia. «Se incluyen expresiones claramente atentatorias al honor de las personas como es la alusión a la existencia de una mano negra, a que no hacen ni el huevo, que el trato es despótico o el propio absentismo laboral. Además se alude a cuestiones de índole personal como la compra de ropa para la hija de la funcionaria», señala la sentencia de primera instancia.

Esta decisión judicial es un aviso para 'navegantes' ya que los comentarios injuriosos que se vierten en internet, aunque se formulen desde perfiles anónimos, pueden costar caro.

En este caso no solo resulta condenado la mujer que escribió los comentarios sino también el medio de comunicación donde se publicaron en su versión 'online'. Así, tanto el juez del Penal nº 3 de Cádiz como la Audiencia considera a la publicación responsable civil, y por tanto, debe pagar 400 euros (200 a cada denunciante) junto con la condenada para resarcir el daño ocasionado. Una pena que se ha visto reducida porque el tribunal reconoce que se ha tardado en exceso (seis años) en un procedimiento sin complejidad alguna.

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