Cómo usan tu teléfono móvil para controlar tus desplazamientos

Departamento de Transportes del gobierno vasco usará la información de los dispositivos móviles para elaborar un Estudio de Movilidad. Utilizará datos de la utilización de los distintos modos de transporte, así como los motivos de desplazamiento

J. Bacorelle

El teléfono móvil se ha convertido en un instrumento indispensable, no solo para realizar llamadas o acceder a páginas web y redes sociales. En la actualidad son muchos los conductores que lo utilizan en su vehículo como reproductor de música, para pagar peajes y zonas de estacionamiento limitado , o como sistema GPS de navegación . En la práctica, estos aparatos reciben y emiten una serie de datos que pueden ser utilizados para obtener diversas informaciones de sus usuarios, sin que en numerosas ocasiones estos sean conscientes de ello.

Un ejemplo es el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del País Vasco, que va a utilizar la información de los móviles para elaborar el nuevo Estudio de Movilidad de la Comunidad Autónoma , actualizando los datos sobre los modos y flujos de desplazamiento de la ciudadanía.

La Consejería adjudicará en los próximos días la realización del nuevo «Estudio de Movilidad e Imagen de la Demanda 2021» , cuya finalidad es conocer con la mayor precisión posible los modos con que las personas y las mercancías se mueven en el territorio vasco.

La gran novedad del estudio será la utilización de la información de la telefonía móvil y de otros recursos del «Big Data» para obtener una imagen lo más exacta posible de los flujos de desplazamientos personales.

Según el Departamento, conocer de forma actualizada la movilidad de la población y su evolución es «fundamental» para ofrecer unos servicios públicos de transporte adecuados a las necesidades y «garantizar la accesibilidad universal a ellos».

En el estudio se recogen, entre otros, datos de la utilización de los distintos modos de transporte (a pie, en bicicleta, coche particular, autobús, metro, ferrocarril, etc.), así como los motivos de desplazamiento.

La utiliaación de estos datos será anónima, según ha explicado la Consejería de Transportes. Primeramente se prepararán los algoritmos de Big Data y los cuestionarios y plan de encuestación. A continuación se procederá a la adquisición de los datos de telefonía móvil y aplicación de algoritmos Big Data, así como a la realización de las encuestas personales y la recopilación de datos de tráfico y de los operadores.

Pero esta no es la única experiencia mediante la cual las administraciones monitorizan nuestros teléfonos móviles , aunque sea de manera anonimizada, ya que también, desde el pasado mes de abril, el Gobierno permite el rastreo de móviles en las comunidades autónomas y a través de las operadoras de telefonía para controlar los movimientos durante la pandemia del coronavirus.

Es una decisión que ha suscitado nuevamente las dudas en una gran parte de la población. Expertos consultados por este diario apuntan que, además de ser legal, el proyecto permitirá extraer patrones de movilidad de los ciudadanos empleando la información procedente de las antenas de telefonía.

De esta manera -recalcan las mismas fuentes- puede comprobarse si un determinado barrio cumple con el imperativo confinamiento al que se han visto sometidos millones de ciudadanos en España para prevenir nuevos contagios. Según declaraciones de Borja Adsuara, abogado especialista en derecho digital y exdirector general de Red.es a la sección de Tecnología de ABC , el debate no está en si se pueden recabar los datos «sino para qué lo usan». «El Big Data salva vidas. Ha salvado vidas como en Corea, también en China . Lo malo es la finalidad; si es para salvar vidas bien, pero si es para controlar a los ciudadanos, mal», añade. La clave está -dice- en que el estudio está concebido para recabar datos «agregados y anonimizados». Es decir, teóricamente, no se podrá identificar a una persona individualmente.

Este experto invoca al artículo 9.2i del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) , de obligado cumplimiento en Europa, que recoge una excepción a la prohibición del tratamiento de datos relativos a la salud: lo que dice claramente es que es posible el tratamiento «por razones de interés público en el ámbito de la salud pública, como la protección frente a amenazas transfronterizas graves para la salud o para garantizar elevados niveles de calidad y de seguridad de la asistencia sanitaria».

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