Un guardia civil, a las puertas de la residencia incendiada y en la que murieron ocho ancianos
Un guardia civil, a las puertas de la residencia incendiada y en la que murieron ocho ancianos - fabián simón
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Ovillo penal por el incendio del geriátrico: la sospechosa está incapacitada

Se avecina un complicado caso sobre la responsabilidad de lo ocurrido y quiénes deberán indemnizar a las víctimas

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El trágico incendio de la zaragozana residencia de ancianos Santa Fe, en la que el sábado por la noche murieron ocho ancianos y varios más resultaron heridos, va a dar lugar a un enrevesado caso judicial para determinar las responsabilidades por lo ocurrido, ya que la sospechosa de haber provocado el fuego estaba incapacitada judicialmente por los desequilibrios mentales que arrastraba desde hacía años.

El procedimiento judicial deberá determinar quién o quiénes deben abonar las indemnizaciones a las víctimas, que, según fuentes jurídicas consultadas, en su conjunto es más que probable que superen el millón y medio de euros.

Incapacitación y responsabilidad penal

En estos casos, lo primero que tendrá que determinar el juez es si, pese a estar incapacitada, la sospechosa –una mujer de 62 años que estaba internada en esta residencia privada– es o no imputable penalmente, según han indicado a ABC fuentes jurídicas consultadas.

La clave para discernir si es posible aplicarle culpabilidad en la infracción criminal es que ella conociera el significado de su comportamiento. Si, a partir de los informes periciales, se dictamina que ella no era imputable, no podrá ser condenada penalmenet. Si, por el contrario, se considera que pese a su incapacidad sí que era capaz de discernir en todo o en parte el alcance de su acto, podrá ser imputada penalmente y la condena, en ese caso, seguirá una graduación según fuera más o menos consciente de lo que hacía.

Las responsabilidades civiles

El otro enredo judicial radica en quién tendrá que indemnizar a las familias de los fallecidos y a los heridos en el incendio. Se trata de las indemnizaciones por la responsabilidad civil aparejada a lo ocurrido.

En este caso los vericuetos legales también son complejos en este caso. La legislación española establece que los incapacitados no quedan exentos, de entrada, de asumir responsabilidades civiles por sus actos. Dependerá del grado de incapacidad o de madurez de juicio que se demuestre en el juicio que tenía la acusada cuando cometió el acto. A partir de ahí, cabe que esas indemnizaciones deba afrontarlas con su patrimonio personal o de forma conjunta o solidaria con quien sea su tutor legal –al parecer, en este caso, es un hijo de la sospechosa–.

El tutor legal

Pero esta responsabilidad conjunta, solidaria o subsidiaria del tutor legal no es tan sencilla de determinar, porque en el caso incurre otro factor que complica aún más el asunto. La legislación establece que el incapaz que haya cometido el acto conviva con su tutor. Concurren aquí dos conceptos jurídicos: uno es el de tutela –que ejerce el tutor– y otro el de guarda del incapacitado –que se refiere a quién es el que convive con el incapacitado y lo tiene en su compañía–.

Como esta mujer estaba en una residencia de ancianos, se podría determinar que la guarda la ejercía y era responsabilidad de dicho geriátrico privado. Pero en este caso habrá que determinar si realmente se considera que esa residencia era un centro de suficiente carácter sociosanitario como para haber asumido esa responsabilidad e incluso si dicho centro era conocedor en todos sus extremos de las patologías mentales que arrastraba esta mujer y de las consecuencias que podrían derivarse de ellas.

Responsabilidad de la Administración

Para rematar el enredo, en este caso interviene otra posible responsabilidad añadida: la de la Administración autonómica, que es a la que compete velar por el adecuado funcionamiento de las residencias de ancianos, sean públicas o privadas, y a determinar si se permite o no su apertura.

La propia consejera de Derechos Sociales del Gobierno aragonés, María Victoria Broto, ha dicho públicamente que con esta residencia hubo «dejación de responsabilidades» por parte de la Administración regional, y que debería haberse completado hace tiempo un expediente de cierre contra el centro. Lo justifica en el hecho de que hace tres años que se levantaron actas contra el geriátrico por deficiencias de mantenimiento y de condiciones higniénico-sanitarias, que no habían sido subsandas, que el año pasado condujeron a la apertura de un expediente sancionador y que, a su juicio, deberían haber conducido a un procedimiento de cierre forzoso del centro.

Si la Administración autonómica acaba siendo declarada responsable subsidiaria de lo ocurrido podría verse forzada a correr con el pago de las indemnizaciones, en todo o en parte. Sobre todo si el resto de los que pudieran ser declarados corresponsables –caso del tutor o de la propia residencia– no tuvieran solvencia económica suficiente para poder abonar las cuantiosas indemnizaciones que se avecinan.

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