Complemento de maternidad: ¿Corresponde también a los hombres?

El fallo del juez le da la razón a un padre y obliga a la Seguridad Social a pagarle el complemento de maternidad en un porcentaje del 10%

¿Cuándo se cobra la prestación por maternidad?

Un flamente padre con su bebé ABC

ABC Familia

Miguel interpuso una demanda en 2019 tras ser denegado su derecho al complemento de maternidad por ser hombre. Dos años después, la justicia le da la razón, admitiendo que el hecho de negarle esta prestación es discriminatorio, ya que se encuentra en la misma situación que la madre. Desde Fidelitis , consultora legal especializada en concesión de prestaciones sociales, condsideran que este caso marca un antes y un después para muchos hombres que se encuentran en la misma situación.

La prestación solicitada reconoce a la madre un porcentaje que oscila entre el 5% al 15% de la pensión reconocida , segun el número de hijos. La principal cuestión controvertida es que el INSS deniega dicho complemento pues considera que únicamente estáprevisto para madres trabajadoras y nunca para el varón/padre trabajador, segun el artículo 60 LGSS.

El cliente de esta consultora legal formuló una solicitud de prestacion de jubilación que fue reconocida. Posteriormente, Miguel solicitó el reconocimiento del derecho al complemento de maternidad que se refiere el artículo 60 de la LGSS, pero esta petición fue rechazada.

La STJUE de 12 de diciembre de 2019 resuelve la cuestión perjudicial declarando: «La Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una norma nacional, como la controvertida en el litigio principal, que establece el d erecho a un complemento de pensión para las mujeres que hayan tenido al menos dos hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias de pensiones contributivas de incapacidad permanente en cualquier régimen del sistema de Seguridad Social nacional, mientras que los hombres que se encuentren en una situación idéntica no tienen derecho a tal complemento de pensión».

Desde Fidelitis consideran que el complemento de maternidad regulado en el art. 60 de la LGSS incurre en discriminación directa por razón de sexo, al excluir a los padres varones pensionistas (por jubilación, invalidez y viudedad contributivas) que puedan estar en una situación comparable a la de las madres trabajadoras.

Tal conclusión, contenida expresamente en la STJUE de 12 de diciembre de 2019, es vinculante para este caso pues el hecho de reconocer eficacia jurídica a los actos legislativos nacionales incompatibles con las disposiciones del Derecho comunitario, equivaldría a negar el carácter efectivo de los compromisos asumidos por los Estados miembros, en virtud del Tratado, y pondría asíen peligro los propios fundamentos de la Unión Europea.

«Es mas, el artículo 60 LGSS ha sido modificado recientemente (decreto 3/2021, de 2 de febrero) y expresamente admite ya este complemento a favor del padre, cuando cumple una serie de requisitos, que precisamente en este caso concurren, por lo que no hay duda que las tienen derecho a dicho complemento», relatan desde la consultora.

De esta manera, y tras la lucha de Fidelitis para que el INSS reconozca los derechos de su cliente, el juez estima que queda sin efecto la resolución dictada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y, en consecuencia, se declara el derecho de la parte actora a la percepción del complemento de maternidad en un porcentaje del 10%.

Lorenzo Pérez, presidente de Grupo Fidelitis resume que «en este caso se cuestionaba la compatibilidad del complemento de maternidad español, regulado en el art. 60 de la LGSS con la legislación europea, en base a la exclusión de los padres trabajadores, lo que podría ser discriminatorio por razón de sexo».

El afectado afirma que no entiende «cómo en la misma situación ha sido tan difícil obtener lo que me corresponde por derecho». Finalmente, Miguel puede disfrutar ya de dicho complemento.

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