El juez anula definitivamente la suspensión de las multas en Madrid Central

Jesús Torres, magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, paralizó cautelarmente a comienzos de julio del pasado año la moratoria de multas impulsada por el alcalde de Madrid, José Luis Martínez Almeida

La zona de bajas emisiones de la capital impide el tráfico de determinados vehículos Maya Balanya

EFE

Casi un año después de su aprobación, un juez de Madrid ha anulado definitivamente la decisión del Ayuntamiento de Madrid de suspender las multas en Madrid Central , la zona de bajas emisiones de la capital, y ha reiterado que su propósito es proteger la vida y la salud de las personas y el medio ambiente.

Se trata del juez Jesús Torres, magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, el mismo que paralizó cautelarmente a comienzos de julio del pasado año la moratoria de multas impulsada por el alcalde de Madrid, José Luis Martínez Almeida (PP).

La decisión del juez, en respuesta a un recurso de Ecologistas en Acción, reactivó Madrid Central apenas cinco días después de que el Ayuntamiento lo dejara en suspenso, en lo que supuso la primera batalla política del mandato de Almeida contra la medida más emblemática de la anterior alcaldesa, Manuela Carmena.

Ahora, una vez estudiado el fondo del asunto, el juez se reafirma en que aquella moratoria era «disconforme a derecho» , dado que, aunque existieran deficiencias en el sistema de multas, debe primar la protección a la salud y el medio ambiente.

El magistrado apunta que Madrid Central pretende proteger el medio ambiente, y el Ayuntamiento lo suspendió sin plantear «ninguna alternativa» ni justifica tampoco «que la misma haya sido ineficaz o haya producido un daño mayor del que trataba de evitar».

«La protección de la salud y el medio ambiente son principios que deben regir los poderes públicos. Y en este caso es exigible en mayor medida dado que se está suprimiendo una actuación tendente a proteger ambos bienes constitucionales, sin ofrecer alternativas ni medidas opcionales», subraya la sentencia.

El juez reprocha al Ayuntamiento su renuncia al principal mecanismo para garantizar el cumplimiento de la norma , como es la potestad sancionadora, cuando la finalidad de esa norma es «la protección de la vida, la salud y la integridad física de las personas, la protección del medio ambiente y la ordenación de la movilidad para la protección de la seguridad de las personas y la seguridad vial».

La sentencia puede ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

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