El Consejo Consultivo de Baleares ve inconstitucional la futura ley autonómica de consultas populares

Los letrados del órgano superior de consulta de la Comunidad sólo ven viable la celebración de referéndums municipales, aunque con limitaciones

Francina Armengol, en el parlamento balear Joan Llado
Josep María Aguiló

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El Consejo Consultivo de las Islas Baleares ha emitido un dictamen, hecho público este miércoles, en el que considera inconstitucionales varios puntos del anteproyecto de la futura Ley de consultas populares y procesos participativos. Dicha ley ha sido impulsada por el Ejecutivo que preside la socialista Francina Armengol . El Consejo Consultivo cuestiona en su dictamen el propósito del Govern de elaborar un registro único de participación para las consultas ciudadanas, es decir, un censo propio que incluiría a toda la ciudadanía. También se rechaza la intención del Gobierno regional de que los resultados obtenidos en dichas consultas sean vinculantes.

El órgano superior de consulta de la Comunidad sí considera ajustada a derecho, en cambio, la posible celebración de referéndums municipales, aunque con varias limitaciones. «Sólo se pueden someter a consulta popular los asuntos especialmente relevantes de índole municipal, con lo cual es evidente que se tendrán que excluir los referéndums que recaigan sobre materias que no sean de la competencia de los ayuntamientos y aquellos cuyo resultado pudiera tener repercusiones supramunicipales », se señala en el texto.

La tramitación de esta futura norma autonómica fue impulsada en junio de 2016 por la Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes, que en aquel momento dirigía Ruth Mateu , de la formación ecosoberanista MÉS por Menorca. Mateu dimitió como consejera en abril de 2017. Su sustituta en el cargo, Fanny Tur, es una persona próxima a MÉS por Mallorca. Cabe recordar que Armengol gobierna en la Comunidad gracias al apoyo de MÉS por Mallorca, MÉS por Menorca y Podemos. Por lo que respecta al Consejo Consultivo, en esta legislatura está presidido por el exdiputado socialista Antoni Diéguez . Los dictámenes del citado órgano no tienen, en cualquier caso, carácter vinculante para el Gobierno balear.

Argumentación jurídica

El anteproyecto de ley del Govern sometido recientemente a dictamen contiene el desarrollo normativo para poder hacer referéndums en el ámbito municipal y diseña instrumentos de democracia participativa, como por ejemplo la consulta ciudadana, la audiencia pública, el fórum de participación y los presupuestos participativos. En ese contexto, el Consejo Consultivo recuerda que el actual Estatuto de Autonomía permite «desarrollar otras vías de participación distintas a las del referéndum» y reconoce «la competencia de la Comunidad Autónoma para regular con una ley las consultas populares de carácter no refrendario».

El Consejo Consultivo recalca que para cumplir los parámetros constitucionales, las consultas no refrendarias se tienen que ajustar a una delimitación negativa y a otra positiva. «En cuanto a la delimitación negativa, no pueden estar dirigidas a la totalidad del cuerpo electoral, y en cuanto a la delimitación positiva , tienen que estar dirigidas a sectores de este conjunto, conformados en torno a intereses afectados directamente por el objeto de la pregunta», aclara el dictamen.

Para los letrados del citado órgano de consulta, la futura norma «no cumple estos parámetros, principalmente por lo que respecta a las consultas ciudadanas». En primer lugar, porque se parte de la elaboración de un registro único de participación ciudadana. Según el Consejo Consultivo , no se puede hacer «un llamamiento a la participación de los ciudadanos en general». Además, «no se ajusta a la naturaleza de este tipo de consultas que el resultado del proceso sea vinculante para los poderes públicos, más aún cuando no están abiertas al cuerpo electoral y se realizan sin las garantías propias de los procesos electorales».

Conclusiones del dictamen

La mayoría de mecanismos previstos en la futura ley, como por ejemplo la consulta ciudadana, la audiencia pública, el fórum de participación y los presupuestos participativos, «sufren igualmente de un vicio de inconstitucionalidad en el diseño legal». El dictamen del Consejo Consultivo se apoya esencialmente en jurisprudencia previa del Tribunal Constitucional sobre consultas populares y referéndums, en especial en relación a normativas anteriores de Canarias y de Cataluña.

Ya en el capítulo de «conclusiones», el órgano superior de consulta indica que teniendo en cuenta el contenido de dos títulos de la futura ley autonómica, en concreto el primero y el tercero, «el anteproyecto no se ajusta a la doctrina del Tribunal Constitucional sobre consultas no refrendarias». Ello significa que el Consejo Consultivo considera no ajustadas a derecho la mayoría de las disposiciones legales del texto y que rechaza el modo en que se regulan las posibles formas de democracia participativa.

El dictamen incluye al final el voto particular de un letrado, al que se adhieren dos integrantes del Consejo Consultivo. El citado jurista defiende que los resultados de los referéndums municipales sí tendrían que tener un carácter jurídicamente vinculante para los consistorios que los convoquen. «Hacer caso omiso del resultado equivaldría a un verdadero "golpe de estado constitucional" », afirma el mencionado letrado, para concluir: «Cuando el pueblo habla, no aconseja, ni sugiere, ni recomienda: decide».

Por su parte, la consejera de Cultura, Participación y Deportes del Ejecutivo balear ha señalado este jueves, a preguntas de los medios, que el Govern estudiará ahora con detalle las objeciones planteadas por el Consejo Consultivo a la futura Ley de consultas populares. «Valoraremos el informe y lo adaptaremos a lo que haga falta hasta el marco legal para poder aprobar esta ley», ha señalado Tur. La consejera también ha indicado que el Gobierno regional cree «firmemente» en «contar con la participación ciudadana». En esa línea, ha añadido que «la democracia es incompleta sin contar con la opinión de los ciudadanos, no sólo una vez cada cuatro años».

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