El Tribunal Constitucional no suspenderá las penas del «procés» mientras resuelve sobre el amparo

Los magistrados están vinculados por su propia doctrina, al ser la condena del Supremo superior a los cinco años

El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, durante el juicio en el Supremo

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Los presos del «procés» no conseguirán la libertad mientras el Tribunal Constitucional resuelve sus recursos de amparo. La suspensión de la pena durante el tiempo que tarden los magistrados en estudiar las condenas del Tribunal Supremo era una petición común en los recursos que los líderes independentistas interpusieron ante este órgano y que fueron admitidos a trámite el pasado 6 de mayo. Ese día, en el primer pleno que celebraba el órgano desde la declaración del estado de alarma, los magistrados ya consideraron que no concurrían razones de urgente necesidad para suspender esas penas pero abrían una pieza separada para abordar la medida de la suspensión una vez oídas las partes.

Sin que haya todavía convocado un pleno para abordar estas piezas, fuentes del TC consultadas por ABC adelantan que el órgano se inclina por no aceptar la petición de los recurrentes, por lo que tendrán que seguir presos y sujetos a los permisos de la Generalitat. Consideran que el Tribunal está vinculado por su propia jurisprudencia, según la cual no cabe la suspensión de las condenas cuando estas son superiores a los cinco años de cárcel.

Es el caso de todos los recurrentes que se encuentran en prisión y que están condenados a penas que van desde los nueve años de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart (sedición) a los trece de Oriol Junqueras por sedición y malversación. Ni el recurso de amparo de este último ni el del exconsejero Raül Romeva estaban entre los admitidos a trámite el 6 de mayo, pues antes tiene que resolverse la recusación que ambos presentaron contra los doce magistrados por sus «prejuicios ideológicos» ante el independentismo.

A la frontera de los cinco años de cárcel se refirió precisamente la Fiscalía en los escritos que ha dirigido al TC en los que se opone a la suspensión de la pena solicitada por los siete condenados presos cuyos recursos han sido admitidos por su «trascendencia constitucional»: Carme Forcadell, Joaquim Forn, Dolors Bassa, Jordi Turull, Josep Rull, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Subraya el Ministerio Público que la suspensión de la pena tiene que ser «una medida de carácter cautelar excepcional y de aplicación restrictiva, frente al interés general de la ejecución de los actos y resoluciones firmes, y ordenada a garantizar la efectividad de la resolución que pueda recaer en el proceso de amparo».

La propia ley orgánica que regula al TC apuntala este carácter excepcional y restrictivo de la suspensión en los requisitos que establece para adoptarla: que la ejecución de esa pena suponga un perjuicio irreparable para el recurrente si finalmente se le ampara y que la suspensión no ocasione «una perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido, ni a los derechos fundamentales o libertades de terceros». En este sentido, el Ministerio Público resalta la gravedad de las condenas del «procés», que afectan a bienes jurídicos relevantes de naturaleza pública y tienen una «notoria trascendencia social». No hay perjuicio alguno en que esas penas continúen ejecutándose, dice.

Primero, Junqueras

Tan pronto como los magistrados resuelvan la recusación planteada por la defensa de Junqueras y Romeva y admitan a trámite sus recursos de amparo –apelando también a esa especial «trascendencia constitucional»–, el tribunal tiene intención de resolver en primer lugar el del exvicepresidente de la Generalitat, al ser el recurso que plantea el mayor número de vulneraciones de derechos, muchas de ellas repetidas por sus compañeros. Después, se decidirá sobre los demás.

Durante toda la instrucción de la causa, y también en este momento, el magistrado Cándido Conde-Pumpido (y ahora, junto a él, Antonio Narváez) ha coordinado los trabajos técnicos de todos los recursos del «procés» con un equipo de una decena de letrados y con independencia de que luego cada magistrado se haya ocupado de la ponencia que le correspondiera por reparto. Todos los recursos de amparo relacionados con el «procés» –cerca de sesenta– han sido admitidos a trámite por unanimidad, pero rechazados una vez abordado el fondo del recurso.

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