José Castro, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma también instruyó el Caso Noós
José Castro, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma también instruyó el Caso Noós - EFE

Castro decreta el archivo de una de las piezas en las que Matas estaba imputado

La pasada semana la Audiencia Provincial había evitado ya otro juicio contra el expresidente balear, al considerar «endebles» los indicios contra él

Palma de Mallorca Actualizado: Guardar
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El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ha dictado este martes un auto en el que decreta el «sobreseimiento provisional» y «archivo» de la pieza separada número 19 del caso Palma Arena. La decisión de Castro afecta a las cinco personas investigadas —equivalente a imputadas— en esta causa, entre ellas el expresidente balear Jaume Matas y los arquitectos García Ruiz. A los tres se les atribuía un presunto delito de malversación de fondos públicos. En dicha pieza se investigaban presuntas irregularidades en las aportaciones económicas concedidas en su momento para la construcción de la pista de ciclismo del velódromo Palma Arena. Los otros dos imputados eran el exgerente del velódromo, Jorge Moisés, y el arquitecto Sander Douma.

Durante la instrucción, Castro había visto indicios de que se podrían haber malversado más de 900.000 euros. En concreto, el magistrado consideraba que la construcción de la pista de madera del velódromo habría sido pagada dos veces. Por una parte, la empresa GR1 de los hermanos García Ruiz, contratada por el Govern, abonó a Douma 926.000 euros por la instalación de dicha pista. Por otra parte, la UTE que se encargó de edificar el Palma Arena aportó más de 900.000 euros para la mencionada pista por el concepto de «ayudas de carpintería».

En su auto de este martes, Castro recuerda que tanto la Fiscalía Anticorrupción como la Abogacía de la Comunidad habían presentado recientemente sendos escritos en los que se abstenían de formular acusación contra los presuntos implicados y en donde además solicitaban el sobreseimiento de la citada pieza, al entender que «no ha quedado suficientemente justificada la perpetración del delito de malversación» y también que «no existe base probatoria para asegurar que los investigados actuaran en connivencia para facturar a la Administración una partida inexistente».

El juez señala asimismo que el PP tampoco ha formulado ninguna acusación en este caso. En ese sentido, el magistrado indica que «desde su personación como teórica acusación popular se viene manteniendo en una absoluta pasividad». Contra la nueva resolución de Castro cabe la presentación de un recurso de reforma en el plazo de tres días o de apelación en el plazo de cinco días.

En apenas una semana, Matas ha visto no sólo cómo se archivaba la pieza número 19 del caso Palma Arena, sino también cómo —de momento— no tendrá que sentarse en el banquillo de los acusados por la pieza separada del llamado caso Turismo Joven. Cabe recordar que la Audiencia Provincial dictó el pasado 11 de abril un auto en el que pedía la realización de nuevas diligencias en relación a esta segunda causa, al considerar que los indicios que existen por ahora contra Matas «son endebles».

En el caso Turismo Joven se investigaba, originariamente, una malversación de fondos públicos vinculada al consorcio del mismo nombre, dependiente del Govern. El juicio se celebró en noviembre de 2013 y se cerró con un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía y los principales acusados.

La pieza separada que afecta sólo a Matas se abrió después de que uno de los condenados, el exdirector general de Juventud Juan Francisco Gálvez, le hubiera implicado en el pago supuestamente fraudulento de 108.000 euros, a través de facturas falsas, a un empresario y antiguo concejal del PP en Calviá. Acabada la investigación, el Juzgado de Instrucción número 5 de Palma acordó abrir juicio oral contra Matas como presunto autor de los delitos de malversación y prevaricación.

La defensa del expresidente balear presentó de inmediato un recurso de apelación, solicitando el «sobreseimiento de las actuaciones». En el reciente auto de la Audiencia Provincial se estiman en parte las argumentaciones del abogado de Matas. Así, si bien la Sala se opone al archivo de la causa, considera no obstante que los indicios que existen en contra del expolítico mallorquín «son endebles». En ese contexto, la Audiencia Provincial solicita la práctica de nuevas diligencias, que permitirán determinar si finalmente Matas deberá sentarse o no en el banquillo en relación a este proceso.

Regreso al banquillo de los acusados

En cualquier caso, Matas sí deberá sentarse en el banquillo como mínimo en dos ocasiones a lo largo de este año. En primer lugar, el próximo mes de julio, por el denominado caso Ópera, que es la pieza separada número 3 del caso Palma Arena. En dicho caso se investigaron presuntas irregularidades en la contratación de Santiago Calatrava, a principios de 2007, para que el arquitecto elaborase un anteproyecto para la construcción de un futuro palacio de la ópera en Palma.

Matas será juzgado de nuevo en septiembre, en la vista oral relativa a las piezas separadas número 8 y número 9 del caso Palma Arena, que finalmente se juzgarán como una sola. En la pieza número 8 se investigó el proceso de adjudicación de las obras del Palma Arena al arquitecto Ralph Clemens Alexander Schürmann, mientras que en la pieza número 9 las indagaciones se centraron en la contratación de los dos arquitectos que continuaron con el proyecto, los hermanos García Ruiz.

Hasta el momento, el expresidente balear ha sido condenado en firme en dos de las piezas del caso Palma Arena ya juzgadas y resueltas. En un caso, debió cumplir una condena de nueve meses y un día de cárcel por tráfico de influencias, en concreto por favorecer a un amigo periodista con una subvención, mientras que en el otro caso debió abonar 9.000 euros de multa por cohecho, al considerar el jurado que había presionado a un hotelero para que contratase a su esposa, Maite Areal.

Más recientemente, el pasado 17 de febrero, el tribunal del caso Nóos condenó a Matas a tres años y ocho meses de cárcel por un delito de prevaricación —en concurso con falsedad y malversación— y otro de fraude. Dicha pena puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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