Economía

El Banco de España lanza un importante aviso a estos trabajadores sobre el método «factoring»

El organismo emite un comunicado a autónomos y PYMES sobre la posibilidad de adelantar los cobros de sus clientes a su entidad bancaria

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Facturas con dinero

LA VOZ

España

Con el inicio del nuevo año y el arranque de la actividad laboral en 2023, el Banco de España ha lanzado un aviso a autonómos y PYMES sobre la posibilidad de emitir por adelantado de sus facturas. Como explica el organismo, la gestión de la liquidez en cualquier negocio para hacer frente a sus obligaciones financieras es vital para su supervivencia.

El alargamiento de los plazos de cobro que pueden imponer algunos clientes y los retrasos por impago suponen una gran dificultad para este sector, que debe buscar financiación para cubrir los desajustes y la falta de ingresos que pueden existir entre el período medio de pago a proveedores y el período medio de cobro a los clientes.

Por eso, el Banco de España motiva a autónomos y PYMES a solventar ese problema adelantando el cobro de las facturas emitidas. Para ello, puedes solicitando pagarés a los clientes, puede llevarlos a tu entidad financiera para que te abone por adelantado los créditos que tengas con tus deudores por operaciones específicas de su actividad comercial o empresarial, cobrando así anticipadamente su importe, menos un interés que se queda el banco a modo de remuneración por ese adelanto.

Este sistema se conoce como «factoring», que consiste en la adquisición de créditos con origen en ventas de bienes inmuebles, prestación de servicios o realización de obras, concediendo anticipos sobre dichos créditos, asumiendo o no sus riesgos, y encargándose de cobrarlos a su vencimiento, como detalla el organismo.

Se trata de un instrumento de financiación por el cual tu entidad financiera gestiona el cobro de tus facturas y te adelanta el importe, aunque te cobrará una comisión por el coste que supone este tipo de financiación.

Dos modalidades de «factoring»

Como señala el Banco de España, hay dos tipos de «factoring» que puedes llevar a cabo:

- Sin recurso: es el más habitual. Tu entindad bancaria asume el riesgo de un posible impago posterior el deudor. Para el cedente, se trata de un cobro «en firme».

- Con recurso: la entidad no asume el riesgo de impago, y el cedente de las facturas debe responder en ese caso.

Este sistema se lleva a la práctica con un contrato en el que se establece el límite de crédito, es decir, el importe total que puede tenerse anticipado y que va renovándose según se van cobrando las facturas a su vencimiento.

También es común especificar qué facturas podrán anticiparse, ya que la entidad financiera analizará la solvencia de los deudores antes de realizar el pago anticipado al cedente de su importe, aunque como detalla el Banco de España, no todos los clientes serán aceptados, siendo los mejores candidatos las grandes empresas y la Administración Pública.

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