Fachada del Banco de España, situado en la madrileña plaza de Cibeles
Fachada del Banco de España, situado en la madrileña plaza de Cibeles - efe

La banca podrá recortar los bonus de los directivos que vendan productos inadecuados

El Banco de España ha emitido una circular que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la normativa europea

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Las entidades financieras tendrán que incorporar en su política de remuneración cláusulas de reducción del 'bonus' de los altos directivos ligadas a un «deficiente» desempeño financiero de la entidad o de las «exposiciones» generadas por esa persona, para lo que deberán tener en cuenta los «efectos negativos» derivados de la comercialización de productos «inadecuados».

Así consta en el proyecto de circular del Banco de España que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la normativa europea, en consulta pública hasta el próximo 27 de julio. Los bancos además tendrán que incluir cláusulas de recuperación de la remuneración ya satisfecha.

«Se considerarán especialmente los efectos negativos derivados de la comercialización de productos inadecuados y las responsabilidades de las personas u órganos que tomaron esas decisiones», explica el proyecto de circular, que especifica que se tendrán en cuenta estas «conductas irregulares, ya sean individuales o colectivas».

Las entidades compararán la evaluación del desempeño realizada con el comportamiento a posteriori de algunas de las variables que contribuyeron a conseguir los objetivos. Para ello, también tendrán que atender «al menos» los fallos «significativos» en la gestión del riesgo cometidos por la entidad, una unidad de negocio o de control del riesgo; así como las sanciones regulatorias o condenas judiciales por hechos que pudieran ser imputables a la unidad o al personal responsable de los mismos.

Componentes variables en las pensiones

Además, el proyecto de circular contempla que el diseño de la política de pensiones deberá ser «compatible» con la estrategia empresarial, los objetivos, los valores y los intereses a largo plazo de la entidad. «Para ello, los compromisos por pensiones deberán contemplar mecanismos que permitan el ajuste tanto de las aportaciones de la entidad como de la consolidación de los derechos correspondientes en función de resultados o circunstancias adversas», recoge.

Para cumplir con este punto, el proyecto de circular señala que una parte significativa de los compromisos por pensiones, que no será inferior a un 15%, debe girar sobre componentes variables, «al menos» para los consejeros ejecutivos, los directores generales y personal asimilado, de acuerdo con el artículo 6.6 de la Ley 10/2014.

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