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Absuelven a dos policías locales acusados de dar una paliza a un joven

CÁDIZ. Actualizado: Guardar
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La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto a dos agentes de la Policía Local de El Puerto (M. B. Z. y F. J. C. C) a los que un joven acusaba de haberle dado una paliza hace cinco años, durante una detención. Según el denunciante, los agentes le redujeron de manera violenta sin motivo aparente, le pusieron una rodilla en el cuello y cuando su cuñado trató de defenderle, lo tiraron también al suelo y lo esposaron.

Lo cierto es que los dos agentes contaron en el juicio (celebrado a finales de septiembre) una versión totalmente opuesta de aquellos hechos, que ocurrieron en enero de 2006 en la calle Calderón de El Puerto: según los policías, fueron los denunciantes (J. L. R. y D. O. V.) quienes les agredieron a ellos cuando iban a retirarle el ciclomotor al joven, porque supuestamente no llevaba casco, no contaba con una matrícula y había tratado de huir presuntamente de ellos en sentido contrario por varias calles. Según los policías, el joven les espetó con aires agresivos: «La moto no se la lleváis porque no me sale de los cojones», y golpeó en el rostro a uno de los policías. El cuñado del joven, que vivía cerca, intentó supuestamente impedir que los policías lo detuvieran y dio un cabezazo a otro de los agentes.

La Fiscalía los defendió

Las acusaciones particulares achacaban a los policías un delito contra la integridad moral y una falta de lesiones, y pedía para cada uno un año y medio de prisión y la inhabilitación profesional. Sin embargo, lo más llamativo de este caso era que la Fiscalía, lejos de apoyar la versión de la acusación particular, defendió la postura de los policías y pidió al tribunal que los absolviera de todos los cargos. Alegaba, entre otros argumentos, que los partes médicos de los dos denunciantes no revelaban signos de que hubieran recibido una paliza. En cambio, los dos agentes sí que presentaron heridas que se ajustaban con una agresión violenta. Para colmo, los pocos vecinos que acudieron como testigos al juicio, ofrecieron declaraciones contradictorias y confusas, que más que aclarar lo ocurrido, lo distorsionaba aún más.

Finalmente, la Sección Primera de la Audiencia Provincial ha tomado como cierto y probado el relato de los hechos de la defensa y de la fiscal. Sin embargo, ni el joven ni el cuñado serán condenados por el delito de atentado a la autoridad ya que, de hecho, no estaban acusados en el procedimiento.

Los dos fueron procesados por tal delito en 2006, pero un juez de lo Penal suspendió el juicio rápido que se señaló contra ellos ese mismo año a la espera de la sentencia a los policías. Al retrasarse el juicio casi seis años, el delito de atentado ha quedado prescrito. Por tanto, la denuncia cruzada contra los agentes ha tenido éxito, aunque la sentencia haya sido absolutoria.