lucha antiterrorista

La Policía busca al ex jefe de ETA 'Iñaki de Rentería' tras la orden para aplicarle una «vigilancia permanente»

La Fiscalía recurre su excarcelación y pide que la causa por el intento de atentado contra el Rey quede en suspenso en vez de ser archivada

MADRID Actualizado: Guardar
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La Policía desconocía a primera hora de la tarde el paradero del que fuera jefe de ETA, Ignacio Gracia Arregi, 'Iñaki de Rentería, acusado de ordenar el atentado frustrado contra el Rey en 1995 y en libertad desde el pasado miércoles, tras cumplir sólo una condena de diez años por integración en la banda terrorista. Las labores de búsqueda de 'Iñaki de Rentería' se han iniciado después de que a las 15.30 horas la Audiencia Nacional acordase su "vigilancia permanente". Sin embargo, fuentes de la lucha antiterrorista han advertido de la dificultad de localizar a una persona sobre la que no hay ninguna investigación en curso ni mantiene ninguna causa pendiente con la Justicia. La Fiscalía ya ha pedido que se abra un nuevo procedimiento para juzgarle por el intento de magnicidio.

Entre las medidas que ha impuesto la Audiencia Nacional a instancias del Ministerio Público también se encuentra la prohibición de abandonar el territorio nacional y la obligación de fijar un domicilio concreto. Sobre este último punto, la Policía ya ha constatado que no cuenta con residencia fija en el País Vasco, por lo que las tareas de búsqueda han comenzado por el rastreo de domicilios antiguos o de sus allegados. A esto se añade la dificultad de que, antes de ser arrestado en el año 2000, Gracia Arregi ya llevaba años en la clandestinidad en Francia.

El antecedente de la etarra Aranalde

Otra de las complicaciones para su localización se debe a que fue ya hace dos días cuando el etarra abandonó la cárcel de Puerto I en Cádiz, por lo que no necesariamente tendría que estar en el País Vasco, según estas mismas fuentes. Sobre su situación en la banda terrorista, el hecho de que, durante el último año y medio, cumpliese condena en una prisión como Puerto I (Cádiz) en la que se encuentran los presos de ETA considerados 'duros', demuestra que 'Iñaki de Rentería' estaba lejos de las posiciones críticas al uso de la violencia que proliferan en la banda en los últimos meses.

Pese a todo, los expertos en la lucha antiterrorista ven poco probable que este etarra se reincorpore a la actividad de la banda terrorista, pero no descartan que pretenda fugarse fuera de España a algún destino seguro como Sudamérica. El último precedente de una situación similar fue la liberación, el pasado 27 de agosto, de la etarra Maite Aranalde, también por un error burocrático con Francia. Esta terrorista se fugo días después pese al dispositivo de búsqueda desplegado por la Policía Nacional y todavía hoy se desconoce su paradero.

En aquella ocasión los agentes policiales ya se encontraron con dificultades para controlar a Aranalde. Uno de los obstáculos con los que toparon y que podría darse también ahora con 'Iñaki de Rentería' es el respaldo prestado por su entorno.

Recurso del fiscal, reacción de la Audiencia

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordaba la "vigilancia permanente" de Gracia Arregui en respuesta a una petición del fiscal, que también ha reclamado que la causa quede "en suspenso" hasta que se pueda "subsanar el defecto" que existe en el procedimiento de extradición cursado por las autoridades francesas, que entregaron al etarra para que fuera juzgado únicamente por el delito de integración en organización terrorista, o bien se le pueda acusar por el intento de magnicidio en atención a la Ley de Extradición Pasiva, lo cual no podría producirse antes de 45 días.

El artículo 21 de esta ley establece que "para que la persona que haya sido entregada pueda ser juzgada, sentenciada o sometida a cualquier restricción de su libertad personal, por hechos anteriores y distintos a los que hubieran motivado su extradición, será preciso autorización ampliatoria de la extradición concedida". Sin embargo, añade que ésta no será necesaria "cuando la persona entregada, habiendo tenido la posibilidad de abandonar el territorio del Estado al que se entregó, permanezca en él más de cuarenta y cinco días o regrese al mismo después de abandonarlo".

En enero de 2002 el Tribunal de Apelación de Versalles dio el visto bueno a la extradición a España de Gracia Arregui, pero sólo por el delito de pertenencia a banda armada, análogo al de asociación de malhechores, por el que ya cumplió ocho años de prisión en Francia. El escrito de la Fiscalía, que recurría en súplica el sobreseimiento de la causa relativa al intento de asesinato del Rey, detalla que en el procedimiento por integración en organización terrorista sí procede acordar el archivo por "excepción de cosa juzgada", tal y como acordó la Sala a petición de la defensa del etarra. El auto de la Sala, que da dos días a las partes para que interpongan recurso de súplica, encomendaba a la Unidad de Policía Judicial de la Audiencia Nacional (UPJAN) que libre esta citación a la representación procesal del etarra y "articule los medios para hacer efectivas las vigilancias acordadas".