Medidas Covid Cádiz

Conil y Tarifa no cerrarán pero habrá nuevas restricciones en los hoteles y bares de 15 municipios

Las localidades de la Bahía de Cádiz, La Janda y el Campo de Gibraltar tendrán que limitar los aforos al subir su nivel de riesgo por Covid

Paseo Marítimo de Conil, el municipio con mayores niveles de incidencia de la provincia. Nacho Frade

Fran M. Galbarro

La Junta de Andalucía no cerrará ningún municipio de la provincia de Cádiz esta semana. Así lo ha anunciado la Consejería de Salud y Familias tras la reunión de los comités de alerta provinciales, donde sí se ha subido el nivel de riesgo por Covid en algunos distritos. De esta forma, desde este jueves se limitarán los aforos en hasta quince municipios gaditanos.

Los dos municipios con la tasa de incidencia más elevada, Conil (1.440,2 casos activos por cada 100.000 habitantes) y Tarifa (1.176,9), evitarán el cierre perimetral una semana más. La Junta considera que el incremento de la población en verano diluye la tasa en destinos turísticos y el impacto del Covid es menor.

Sin embargo, el incremento de los contagios sí ha afectado a los dos distritos sanitarios a los que pertecen estos pueblos costeros. Los quince municipios que forman el distrito Bahía de Cádiz - La Janda ( Alcalá de los Gazules, Barbate, Benalup-Casas Viejas, Cádiz capital, Chiclana, Conil, Medina Sidonia, Paterna de Rivera, El Puerto, Puerto Real, San Fernando y Vejer ) y Campo de Gibraltar Oeste ( Algeciras, Los Barrios y Tarifa ) tendrán limitaciones de aforo algo más duras tras pasar a Nivel de riesgo 2.

El resto de municipios de la provincia de Cádiz permanecerá en Nivel de Riesgo 1 y mantendrá las mismas restricciones, detalladas a continuación:

Hostelería

Al igual que hasta ahora, los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% del aforo máximo para consumo en el interior, mientras sí podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas en terrazas al aire libre. Esta limitación es similar tanto para los municipios en Nivel 1 como para los municipios en Nivel 2.

En cuanto a la ocupación de las mesas, se permite hasta un máximo de ocho personas en interior y de diez en exterior en nivel 1; pero de seis en interior y ocho en exterior en el nivel 2.

Salones de celebración

Para salones de celebración se permiten en el nivel 1 aforos máximos en interior del 75% en mesas y, en todo caso, un máximo de 300 personas. En nivel 2 se mantiene el 75%, pero limita el aforo a 200 personas como máximo.

En exteriores, las zonas al aire libre de los salones de celebraciones pueden ocupar en los niveles 1 y 2 todas sus mesas permitidas y albergar un máximo de 500 personas en el primer caso y 400 en el segundo.

Además, en ambos niveles se ermiten en los salones de celebración «actuaciones musicales de pequeño formato, manteniendo una distancia con el público de al menos tres metros». En el nivel 1 también se permite el baile con mascarilla en espacios exteriores, aunque no así en nivel 2.

Comercios y hoteles

Por otro lado, la Junta permite una ocupación máxima del 100% en establecimientos, locales y centros comerciales en el nivel 1 de alerta sanitaria, pero el aforo se reduce a máximos del 75% en nivel 2.

Asimismo, la ocupación de zonas comunes de hoteles, alojamientos turísticos, campings y zonas de pernocta de autocaravanas pasa con Nivel 2 del 100% al 75% su aforo en zonas comunes exteriores y del 75% al 50% en zonas comunes interiores.

Piscinas

En piscinas de uso colectivo, la orden permite que llenen hasta el 100% de su aforo tanto en las que sean al aire libre como las interiores en el nivel de alerta 1, mientras que rebaja el aforo máximo permitido en piscinas interiores hasta el 75% en el nivel de alerta 2.

Velatorios, entierros y cultos religiosos

En lo respecta a velatorios y entierros, en el nivel de alerta sanitaria 1 se permite un máximo de 30 personas en velatorios en espacios al aire libre y de 20 en espacios cerrados, «salvo en este último caso que los convivientes fueran un número superior», mientras que la participación en funeral o comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados, «además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva, para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto».

En cambio, en Nivel 2 los velatorios podrán reunir a un máximo de 25 personas al aire libre y de 15 en espacios cerrados, mientras que la participación en funerales o comitivas para un enterramiento o cremación se restringe a un máximo de 35 personas.

En ceremonias civiles, los aforos máximos permitidos oscilan entre el 75% en espacios cerrados y al aire libre en el nivel de alerta sanitaria 1 y el el 60% que se contempla en el nivel 2.

Cines, teatros y auditorios

Por su parte, los cines, teatros o auditorios no podrán superar un máximo del 85% del aforo permitido en el nivel 1 de alerta y del 75% en nivel 2.

En el transporte público regular de viajeros en autobús, todos los ocupantes deben ir sentados y se pueden usar todos los asientos en ambos niveles, mientras que en transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito metropolitano se pueden ocupar todas las plazas sentadas y el 75% de pie.

Por otro lado, «las reuniones y encuentros religiosos podrán desarrollarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, siempre que no se supere el 75% de su aforo y que permita mantener la distancia interpersonal, en el nivel de alerta 1», así como con aforos máximos del 60% el nivel 2.

Los aforos máximos permitidos en espectáculos y festejos taurinos no podrán superar el 60% en el nivel 1 y el 50% en el nivel 2.

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