TRIBUNALES

Archivada una denuncia contra dos policías a los que se acusaba de obstruir el derecho de defensa

Un abogado los denunció al considerar que los agentes le habían impedido acceder al atestado completo

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha emitido un auto por el que rechaza los recursos de apelación interpuestos por un abogado que consideró que dos agentes de la Comisaría Provincial le habían obstaculizado el derecho a la defensa de dos personas que habían sido detenidas.

Los hechos ocurrieron en agosto de 2016 cuando el letrado se personó en la Comisaría para asistir a los dos detenidos. Según denunció, los funcionarios impidieron el adecuado derecho de defensa de sus representados al negarle en su asistencia el acceso a los atestados e impidiendo de forma arbitraria la consignación por su parte y con sus propias palabras de la incidencia que se había producido.

Por contra, los agentes, que han estado asistidos jurídicamente por el SUP, negaron tales hechos advirtiendo que la actuación policial fue «escrupulosa con los derechos constitucionales de los detenidos» ya que se les leyeron sus derechos, les solicitaron abogado, y, según su versión, no obstaculizaron el ejercicio del letrado asistente.

Además aseguraron que no se negaron a recoger la protesta del representante legal acerca de su pretensión de obtener una copia del atestado completo y así lo hicieron constar.

Por su parte, según se expone en el auto, el Ministerio Fiscal concluyó que ninguna de las leyes vigentes reconocen el derecho del abogado de tener acceso al material esencial o fundamental para impugnar de manera efectiva la legalidad de la detención. Según el fiscal, para tal caso es «suficiente con tener acceso a los elementos esenciales, y en el presente caso, tal exigencia se cumplió». El Ministerio Público consideró además que ni el instructor ni el secretario de los respectivos atestados impidieron ni obstaculizaron el derecho de asistencia del abogado. Para el fiscal, se debió todo a «una discrepancia» que quedó reflejada pero que el comportamiento de los agentes no tenía «entidad suficiente para entrar en la esfera penal, y menos aún, que se estimara que actuaron de forma deliberada e intencionada».

Ante estos recursos, la Sala Tercera ha archivado la causa al considerar que los indicios existentes no tienen relevancia en un proceso penal.Entiende que los agentes actuaron de forma correcta ya que no existe «un derecho absoluto a la entrega completa del atestado o al acceso íntegro al mismo», siendo suficiente para que cualquier abogado pueda defender a sus representados, el acceso a los elementos esenciales si quiere impugnar la detención.

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