Juana Gálvez, secretaria del Juzgado Penal 1 de Sevilla. / Archivo
inicialmente era de dos años

La Audiencia Nacional rebaja a seis meses la sanción a la secretaria judicial del caso de la niña Mari Luz

Por el "retraso injustificado" en la ejecución de la condena contra Santiago del Valle, que propició que éste se encontrara en la calle cuando se produjo el crimen

MADRID Actualizado: Guardar
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La Audiencia Nacional ha rebajado a seis meses la sanción de dos años de suspensión de empleo y sueldo que impuso el Ministerio de Justicia a la secretaria judicial del Juzgado número 1 de Sevilla encargado del caso de la niña Mari Luz, Juana Gálvez.

Esta decisión se produce tras la vista del recurso que Gálvez presentó el pasado mes de mayo ante el Juzgado Central de lo Contencioso número 3 de la Audiencia Nacional contra la sanción que le impuso el Ministerio de Justicia por su actuación al no ejecutar el ingreso en prisión de Santiago del Valle, presunto asesino de la niña Mari Luz Cortés, para cumplir una condena de 21 meses de cárcel por abusar sexualmente de su propia hija.

El titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, Rafael Tirado, también recurrió ante el Tribunal Supremo (TS) la multa de 1.500 euros que le impuso el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por el "retraso injustificado" en la ejecución de la condena contra el presunto asesino de Mari Luz Cortés, Santiago del Valle.

Justicia elevó la sanción propuesta

El abogado de la secretaria judicial, Ramón Entrena, apeló entonces a la incompetencia del secretario de Estado para dictar esta suspensión, cometido que debería haber realizado el propio ministro -entonces Mariano Fernández Bermejo- de acuerdo a la distribución de competencias. Además, la defensa subrayó que, después de que la instructora del expediente de sanción de la secretaria propusiera una suspensión de seis meses, el Ministerio la elevó a dos años, sin que se justificara el 'quantum' de la sanción ni se le diera traslado para que se pudiera alegar.

La defensa de la secretaria expuso y fundamentó que era el titular del Juzgado, el juez Rafael Tirado quien determinaba las actuaciones en el mismo, por lo que Gálvez realizó su trabajo de acuerdo a las órdenes de un superior y no cometió "infracción alguna". En cualquier caso, de observarse fallo, sería "una falta leve y no grave", defendió Entrena.

Por contra, el abogado del Estado defendió la proporcionalidad de la sanción impuesta y mantuvo que la falta de personal que afecta al juzgado de Tirado no puede justificar la paralización que sufrió el expediente de Del Valle. Mantuvo que muchos de los errores observados no se debieron a un déficit de personal sino a que la secretaria no cumplió con sus funciones.