Marian Beitialarrangoitia, alcaldesa de ANV de Hernani, durante un acto político celebrado por su partido en Durango (Vizcaya). /ARCHIVO
el archivo fue "prematuro"

La Audiencia ordena reabrir la causa contra la alcaldesa de Hernani por enaltecimiento del terrorismo

La Sala de lo Penal evoca la decisión del juez Santiago Pedraz de archivar la causa contra Marian Beitialarrangoitia por pedir un aplauso para los presos etarras en un acto de ANV

MADRID Actualizado: Guardar
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha revocado la decisión del juez Santiago Pedraz de archivar la causa contra la alcaldesa de Hernani (Guipúzcoa), Marian Beitialarrangoitia (ANV), por un presunto delito de enaltecimiento del terrorismo cuando pidió un aplauso para los presos etarras durante un acto de su formación. Esta Sala, que considera en un auto que el archivo de la causa fue "prematuro", ha estimado el recurso de apelación de la Fiscalía contra la decisión del juez.

El Ministerio Público, que pidió para la alcaldesa comparecencias quincenales, recurrió la medida adoptada por el responsable del Juzgado Central de Instrucción número uno de la Audiencia Nacional, al considerar que Beitialarrangoitia sí realizó una "auténtica exaltación de apoyo a las actividades de ETA" y le acusó, además, de calumnias a la policía.

En el recurso, la Fiscalía consideró también que la alcaldesa es responsable de un presunto delito de calumnias e injurias graves a las Fuerzas de Seguridad del Estado por las manifestaciones que realizó en ese acto electoral, en las que acusó a "todos los cuerpos policiales y represivos" de utilizar "la tortura sistemáticamente contra los independentistas vascos".

La revocación tiene lugar en medio del malestar en el PSOE por la actitud del PNV, que junto a Aralar impidió la moción de censura contra ANV en Mondragón al rechazar la propuesta con el fin de desalojar a ANV de la Alcaldía, después de que se negara a condenar el asesinato por ETA de Isaías Carrasco.

Pedraz no apreció delito en sus declaraciones

En su auto, Pedraz no apreció delito en las declaraciones de Marian Beitialarrangoitia, que durante un acto de Acción Nacionalista Vasca pidió un aplauso afectuoso a los presuntos etarras Igor Portu y Martin Sarasola, acusados del atentado de la T-4. El magistrado, que ha decidido archivar la causa, ha argumentado que la figura del enaltecimiento del terrorismo se limita a perseguir "la exaltación o justificación de métodos terroristas" y no "el elogio o la defensa de ideas".

El juez adoptó la decisión de archivar la causa el pasado 25 de enero después de tomar declaración a la alcaldesa de Hernani, quien declaró que con el aplauso que pidió para los presuntos etarras Ibon Portu y Martin Sarasola durante un acto de su partido en Pamplona, no pretendía "enaltecer" a ETA, sino expresar un sentimiento hacia los presos vascos.

De las palabras de la alcaldesa, añadía Pedraz, no se puede deducir que estuviera de acuerdo o elogiara las conductas de Portu y Sarasola, ya que cuando pidió el aplauso para ellos en el acto electoral de Pamplona lo hizo por un "sentimiento" hacia esas personas, como declaró, "que habían pasado por un trance difícil y a una le había llevado al hospital".

Además, los dos etarras, señaló el magistrado en su escrito, de momento sólo estaban imputados de pertenecer a banda armada y de dos asesinatos por el atentado de la T-4, pero no se ha celebrado juicio por esta causa y, por tanto, prevalece el derecho a la presunción de inocencia.