El opositor de Guinea Ecuatorial Severo Moto , para quien el TS ha anulado el acuerdo del Consejo de Ministros de 2006 por el que fue revocada su condición de asilado./ ARCHIVO
disfruta del estatus desde el 13 de marzo de 1986

El Supremo mantiene la condición de asilado político al opositor ecuatoguineano Severo Moto

La decisión supone estimar el recurso interpuesto por el propio político contra el acuerdo del Gobierno

MADRID Actualizado: Guardar
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La sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado el acuerdo del Consejo de Ministros de 2006 por el que fue revocada la condición de asilado del opositor de Guinea Ecuatorial Severo Moto. Así lo ha acordado la sala al estimar el recurso interpuesto por Moto contra la decisión del Gobierno, que fue suspendida cautelarmente por el TS en el verano de 2006 mientras se resolvía este asunto, según ha informado el Alto Tribunal.

El ministro del Interior concedió el asilo político a Moto por resolución de 13 de marzo de 1986 y en enero de 2006 el Gobierno español retiró la condición de refugiado político a Moto tras demostrarse su participación en diversos intentos de golpe de Estado contra el Gobierno de Guinea Ecuatorial, que preside Teodoro Obiang.

Moto es el líder del opositor Partido del Progreso (PP), y su enfrentamiento político con Obiang y su predecesor en el cargo, Francisco Macías, le llevó varias veces a la cárcel en su país antes de radicarse en España a principios de la década de los ochenta.

Las actividades de Moto eran investigadas por las autoridades españolas desde meses antes de enero de 2006, después de que se le hubiera vinculado con varios intentos golpistas contra el régimen de Obiang. El último, ocurrido en marzo de 2004, se produjo cuando los servicios de seguridad guineanos detuvieron a quince supuestos mercenarios que preparaban el derrocamiento de Obiang y a los que se vinculó también a Severo Moto .

Pruebas contra Moto

El Supremo celebró una vista el 19 de julio de 2006 en la que la Abogacía del Estado, en nombre del Ejecutivo español, y la representación de la República de Guinea Ecuatorial coincidieron en pedir al tribunal que levantara la suspensión cautelar, mientras que la defensa de Moto pidió que se mantuviera para evitar su expulsión a Guinea, que supondría, en su opinión, su pena de muerte.

Durante la vista, el abogado del Estado recordó que el Consejo de Ministros decidió revocar la concesión de asilo de la que Moto disfrutaba desde marzo de 1986, al entender que había incumplido las obligaciones que dicho estatus conlleva, por haber contribuido a la preparación de un golpe contra el régimen guineano, con lo que había puesto "en grave peligro los intereses generales de España".

Como prueba de las intenciones golpistas de Moto , el abogado del Estado ofreció dos informes, uno de la Comisaría General de Información y otro del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) en los que consta que Moto realizó "actos fundamentales" para reclutar mercenarios y comprar armas con las que intentar derrocar el régimen de Teodoro Obiang. Además, insistió en que aunque se confirme la pérdida del estatus, ello no implica que Moto sea expulsado a Guinea, sino que lo sería a un tercer país.

Una cuestión de vida o muerte

El 10 de enero de 2006 el Consejo de Ministros revocó la concesión de asilo y el 17 de marzo de ese año fue desestimado el recurso de reposición formulado por el recurrente contra esa decisión. El 1 de agosto de 2006, el TS decidió mantener la suspensión cautelar del acuerdo del Consejo de Ministros por el que fue revocada la condición de asilado al estimar que la pérdida de esta condición "le llevaría, de momento, a una situación de inseguridad jurídica de configuración muy diferente a la que se desprende del conjunto de garantías establecidas (...) en el marco de la Convención sobre el Estatuto de Refugiados de Ginebra", entre otros.

En una comparecencia en el Supremo el 19 de julio de 2006 el abogado del Estado pidió el levantamiento de la suspensión cautelar del acuerdo del Consejo de Ministros, al igual que el abogado que representa a la República de Guinea Ecuatorial, mientras que el abogado defensor de Moto, Francisco Fernández Goberna, afirmó que si su cliente se iba de España lo iban a matar.

Fernández Goberna ha indicado que aún no ha hablado con Moto, pero ha mostrado su "satisfacción" por la decisión del Supremo. La sentencia, de la que se ha hecho público únicamente el fallo, se conocerá en los próximos días.