Tribunales

Decirle a un policía «a ti te tengo que matar» no es delito para una juez de Sevilla

Hondo malestar en la comisaría de Blas Infante con la decisión de archivar la denuncia contra un delincuente que provocó un altercado en los calabozos

Un furgón de Policía con detenidos entra en la comisaría de Blas Infante ABC

Silvia Tubio

«A ti te tengo que matar hijo de puta. Estás muerto cuando nos veamos en la calle». Ésa fue la amenaza que le espetó un detenido a uno de los agentes que custodiaban los calabozos de la comisaría de Blas Infante el pasado 2 de marzo. Las nulas consecuencias legales que va a tener esa conducta ha generado un hondo malestar entre los funcionarios de la Policía Nacional . Una juez de Sevilla ha archivado la denuncia. Considera que no es un delito de amenaza y ha devuelto las actuaciones a la Policía por si considera que podría sancionarse únicamente como infracción administrativa.

La amenaza lanzada por Juan V. D., de 41 años, estuvo precedida por un altercado . Según detalla el atestado al que ha tenido acceso ABC y que fue enviado a la juez del Instrucción 15 de Sevilla, sobre las 14.40 horas del citado día, dos agentes acompañaron al detenido para que cogiera una manta y una colchoneta antes de que ingresara en el calabozo . Juan V. D. cogió varias colchonetas y las tiró por el suelo. Los agentes le recriminaron la actitud y el arrestado comenzó a ponerse agresivo, «lanzándole un cabezazo a uno de los funcionario sin llegar a golpearlo».

El atestado prosigue indicando que uno de los policías se acercó al detenido para que se tranquilizara y el conflicto no fuera a mayores. Pero Juan V. D. le respondió con malas formas nuevamente: «No las coloco -en referencia a las colchonetas- porque no me sale de los huevos». Dos policías tuvieron que conducir a la fuerza al calabozo al detenido, y fue cuando le dirigió la amenaza de muerte a uno de ellos.

Indefensión

Los agentes dieron parte a sus superiores y se denunció al detenido por un delito de amenazas . El asunto cayó en el juzgado de Instrucción 15 de Sevilla, cuya titular ha archivado el asunto porque considera que esas frases no constituyen un delito. Una decisión judicial que no ha sentado nada bien entre los funcionarios policiales, que consideran que este tipo de decisiones les generan cierta indefensión.

Hay sentencias condenatorias dictadas por los juzgados sevillanos que consideran como delito de amenazas expresiones proferidas de menor gravedad. Por ejemplo, la conducta de un usuario del centro de salud de Camas que fue sentenciado el año pasado por increpar a una doctora y decirle textualmente: «Si a mí me cambian de consulta, tú saldrás del centro de salud». El juzgado de Instrucción 18 dictó una sentencia condenatoria por delito leve y a pesar de que la magistrada entendió que la amenaza era de baja intensidad, argumentó que «no puede desconocerse su carácter amenazante, por lo que procede a la condena».

No es la primera decisión de la juez de Instrucción 15 de Sevilla que causa malestar en la Policía Nacional. En noviembre de 2018 puso en libertad provisional a uno de los aluniceros más violentos que han actuado en los últimos tiempos en Sevilla. José C. M., alias Cheo o Cheíto, miembro del clan Mikhailovich, había sido detenido dos meses antes tras una peligrosa persecución por el barrio de Los Remedios. Cheíto, que tiene medio centenar de procedimientos abiertos en distintos juzgados sevillanos, quedó en libertad tres días después de que se declarara firme una sentencia de tres años y medio de cárcel por atentado a agente de la autoridad. La Policía tardó más de medio año en volver a detenerlo y devolverlo a prisión para que cumpliera condena.

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