Todo lo que necesitas saber si tienes el carné de conducir caducado y no te has dado cuenta

Si has de renovar el permiso de conducir, no lo dejes pasar hasta el último momento. No hacerlo en tiempo y forma puede acabar por comportar una sanción de 200 euros si conduces sin él

ABC MOTOR

A veces se pueden producir olvidos que acarrean multas. Por eso hay que estar atento para no llevar un carné de conducir caducado encima. Como indica la Dirección General de Tráfico en su página web el plazo de vigencia del carnet de conducir tipo B es de 10 años hasta que se cumplen los 65 . A partir de ese momento se debe renovar cada 5 años. Para el resto de clases la vigencia es de 5 años hasta los 65, que pasa a ser de 3 años.

Lo primero es que precisamente no hay que esperar a tener el carné caducado. El plazo para renovar el carnet de conducir comienza desde los tres meses anteriores a la fecha de caducidad indicada en el propio documento. Antes será imposible realizar los trámites de renovación. Así nos lo cuentan desde el canal de motor de Mapfre .

El proceso se puede h acer por dos vías . Por un lado están los centros médicos autorizados, que hacen las pruebas de Aptitud Psicofísica y además realizan todos los trámites con Tráfico. Para hacer la renovación por esta vía necesitarás DNI o pasaporte en vigor (para extranjeros se requiere la autorización de residencia, el documento de identidad del país o el Pasaporte y el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros), el test de Aptitud Psicofísica superado y pagar las tasas.

La fotografía se realizará en el mismo centro. Otra opción es realizar el trámite en Tráfico . En la Jefatura Provincial nos pedirán el impreso oficial, el informe de Aptitud Psicofísica, el DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia para extranjeros, una fotografía de carnet y el talón-foto (un documento que acredita la superación del examen práctico y que se puede conseguir en Tráfico o en la autoescuela donde en la que realizamos el curso).

¿Hay motivos para que no me lo renueven?

Por el momento, no existe una edad tope a partir de la cual no se nos renueve el carné. Los únicos motivos que pueden impedirlo son enfermedades que provoquen incapacidad par ello, como alteraciones agudas de la capacidad visual, trastornos serios del sistema nervioso central y otras condiciones que supongan un riesgo para el poseedor del carnet y el resto de conductores.

En otros casos puede limitarse la prorrogación del carné sin un informe médico que lo autorice o reducir los plazos de caducidad por debajo de lo normal, de modo que el conductor tenga que pasar por valoraciones médicas.

¿Hay límite de tiempo?

Pero ¿qué pasa si el documento ya ha caducado? La ley no indica un plazo posterior a la caducidad del carné de conducir. En este caso debes saber que si conduces con el documento caducado te puedes enfrentar a una multa de 200 euros . Pero el simple hecho de haber superado la fecha de caducidad no implica sanción si no vas al volante, así que puedes acudir a Tráfico o directamente al centro médico autorizado para realizar el proceso.

Hay que estar atentos al plazo para renovar el carné de conducir, y sobre todo, de la fecha de caducidad. Cuando lo renueves te llegará directamente a casa, y mientras tendrás un resguardo que debes llevar cuando conduzcas. A veces se producen despistes.

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