Si tienes moto, esto de interesa: ¿pueden acceder a Madrid Central?

Los dueños de motocicletas no vivirán tantas complicaciones como los de los coches

ABC MOTOR

Madrid Central ya lleva en vigor unos meses y ya se ha comenzado a multar a quienes accedan a su interior sin la pegatina correspondiente o para los vehículos privados que no sean residentes en la zona. Aunque todavía son muchas las incógnitas de los conductores de la capital que a diario recorren las calles afectadas por la nueva medida del Ayuntamiento de Carmena. Y más, para los que circulan a diario sobre dos ruedas , ¿pueden éstas entrar y aparcar en Madrid Central?

Madrid Central ocupa un área de 472 hectáreas que afecta a las calles que se encuentran dentro del perímetro formado por Alberto Aguilera, Glorieta de Ruiz Jiménez, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (en el lateral de continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.

Por las vías del perímetro exterior (en línea discontinua en el mapa) se podrá circular con normalidad, siempre que no esté activado el protocolo por alta contaminación del Ayuntamiento de Madrid, durante el cual la circulación de los vehículos también se verá limitada en función de los distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT), incluidas las motos y los ciclomotores.

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Los dueños de motocicletas no vivirán tantas complicaciones como los de los coches. Podrán acceder y aparcar en las calles del interior de este perímetro central de la capital todas las motocicletas y scooters que estén circulación y cuenten con alguna de las etiquetas otorgadas por la DGT. Los que posean la etiqueta CERO o ECO podrán entrar y estacionar sin limitaciones. Y los que tengan la calificación B o C tan solo podrán circular y estacionar entre las 07.00 y las 22.00 horas .

Fuera de ese horario, podrán seguir accediendo, como sucede con los coches, pero solo si estacionan en un parking (17 son los aparcamientos públicos autorizados para que los vehículos entren a ellos dentro de Madrid Central), pudiendo acceder las 24 horas del día, o incluso en un garaje particular.

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Cuando tu motocicleta o scooter no tenga etiqueta ambiental y estacionas en un garaje particular podrás acceder a Madrid Central solo hasta el 31 de diciembre de 2019 .

Cabe recordar que, desde el pasado 16 de marzo, de acceder al centro de la ciudad sin la correspondiente pegatina, conllevará una multa de 90 euros que se reducirá a la mitad en caso de pagarlo en un tiempo inferior a 20 días desde que se recibe la sanción.

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