Qué hay que hacer para dar de baja un vehículo

Abandonar un vehículo sin darlo de baja tiene multa, entre 600 y 600.000 euros

Desguaces El Choque

S.M.

Mucha gente piensa que para dar de baja definitiva su coche sigue teniendo que ir a la DGT de su comunidad, pero este trámite cambió en marzo de 2004, fecha en que los CATV (Centro Autorizado de Tratamiento de Vehiculos) , o más conocidos como desguaces , son los encargados de llevar a cabo esta gestión.

En primer lugar hay que diferenciar muy bien entre la baja temporal y la baja definitiva , ya que las consecuencias de ambas son muy diferentes y, además, también lo serán las gestiones que se deben hacer para tramitarlas. Sobre todo porque abandonar un vehículo sin darlo de baja tiene una multa de entre 600 y 600.000 euros .

Baja temporal

Mediante una solicitud de baja temporal se notifica a la Dirección General de Tráfico que el vehículo en cuestión se retira de circulación de manera puntual. Los motivos suelen ser personales, por haber entregado el vehículo a un compraventa o por robo. En cualquier caso, una vez confirmada la baja temporal , el coche no se puede mover, ni quedar estacionado en la vía pública.

Los requisitos y trámites para la baja temporal de un coche son:

- Solicitud en impreso oficial, que se facilita tanto en los Centros Autorizados de Tratamiento de vehículos o desguaces (CAT) como también en las Jefaturas de Tráfico.

- Identificación (mediante NIF, en general, o el documento de identificación que corresponda).

- Presentación del permiso de circulación.

- Presentación de la Tarjeta de la ITV.

El trámite se realiza en cualquier Jefatura de Tráfico solicitando cita previa online o llamando al teléfono 060 . El coste depende: si es por sustracción, no hay que abonar nada. En caso contrario, es necesario abonar la tasa de tráfico 4.1, es decir, por «Troquelado de placas o sellado de libros».

Baja definitiva

Si se trata de una baja definitiva , según nos explican desde Autodesguaces El Choque, el trámite en la actualidad no tiene por qué llevar más de 10 minutos de gestión, pero hay que ser previsor y tener la documentación necesaria y por supuesto el vehículo.

Para un particular dar de baja el coche, por tanto, solo se necesita la siguiente documentación:

- Permiso de circulación

- Ficha técnica

- DNI por ambas caras en vigor .

Una vez entregada esta documentación, el desguace facilitará dos documentos. El primero es el certificado de descontaminación, que indica que el vehículo va a ser descontaminado y destruido. El segundo documento es la baja definitiva del vehículo. Con este documento podrás demostrar ante cualquier organismo que estas completamente desvinculado de tu vehículo desde la fecha de la baja, y que cualquier carga legal o similares que se vincule con tu automóvil no te atañe.

Por supuesto hay también soluciones para los casos en que los coches no están a nombre de particulares sino de empresas, o son familiares o de personas fallecidas, señalan los expertos de El Choque.

Un “truco” que poca gente sabe -añaden desde este desguace fundado en Madrid en 1978- es que puedes recuperar la parte proporcional del IVTM (impuesto de vehículos de tracción mecánica) o más conocido como numerito del ayuntamiento. Por ejemplo, dando de baja tu vehículo en febrero podrás solicitar a tu ayuntamiento (entregando la baja emitida por el desguace) donde tengas domiciliado tu vehículo las tres cuartas partes del impuesto, ya que el IVTM se divide en los cuatro trimestres que tiene el año.

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