El expresidente Paulino Rivero, el exconsejero Domingo Berriel y otras autoridades, en una visita a una zona de obras del «anillo insular», en Tenerife
El expresidente Paulino Rivero, el exconsejero Domingo Berriel y otras autoridades, en una visita a una zona de obras del «anillo insular», en Tenerife - EFE
TRIBUNALES

La Audiencia Nacional también tumba el recurso por el dinero del convenio de carreteras para 2013

Segundo varapalo que recibe el Gobierno canario tras la sentencia sobre la anualidad de 2012

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La sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional (AN) ha desestimado el recurso del ejecutivo canario contra el «incumplimiento» del Ministerio de Fomento de los compromisos estipulados en el controvertido convenio de carreteras entre las administraciones central y autonómica. En concreto, el tribunal colegiado se pronuncia en la sentencia, fechada el 13 de julio y a que ha tenido acceso ABC, sobre la anualidad que, en principio, el Gobierno se comprometió a transferir a las cuentas del ejecutivo regional en 2013, alrededor de 207 millones de euros. El Gobierno que presidió Paulino Rivero, que fue el que incoó las actuaciones, intentaba conseguir por medio del recurso que fuera la justicia la que obligara a Fomento a remitir los fondos de 2013 y siguientes ejercicios más los intereses legales que, a su juicio, debieron contabilizarse desde el día en que el gabinete de Mariano Rajoy, conforme al convenio, tendría que haber hecho la transferencia.

La AN, en cambio, no solo rechaza el argumentario del ejecutivo que ahora dirige Fernando Clavijo, sino que, además, lo condena en costas.

La sentencia, para la que ejerció de ponente la magistrada Mercedes Pedraz Calvo, se suma así al pronunciamiento previo sobre la anualidad de 2012, la cual también experimentó una sensible reducción respecto de lo establecido en el acuerdo entre administraciones. El ejecutivo del Archipiélago ya decidió entonces emprender acciones legales contra el recorte de las cantidades, un recorte que el Gobierno resolvió de forma «unilateral», según viene asegurando el ejecutivo de las Islas. Sea como sea, tanto entonces, en esa primera sentencia, como ahora, en esta segunda resolución, la Audiencia Nacional ha secundado la actuación del Ministerio que dirige Ana Pastor, de modo que son dos los varapalos que, de momento, ha recibido la Administración autonómica. Con todo, hay que recordar que en enero de este año, el aún entonces consejero de Obras Públicas del ejecutivo de la región, Domingo Berriel, anunció que se interpondría un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia relativa a la anualidad de 2012, pronunciamiento este en el que los magistrados de la AN ya expusieron los razonamientos en que hacen hincapié en la resolución del 13 de julio.

En resumen, los servicios jurídicos de la comunidad autónoma alegaron que el convenio de carreteras tiene carácter vinculante y que, precisamente por ello, la «obligación» de pago del Gabinete estatal tiene su origen en lo estipulado en este, y así con independencia de los presupuestos generales del Estado (PGE). No en vano, en el hecho de que Fomento transfiriese cifras inferiores a las que prevé el acuerdo (que data de 2006 y al que se agregó una adenda tres años después) subyace el estallido de la crisis socioeconómica, que es la razón que da el Gobierno para apoyar su decisión de «meter la tijera» en el convenio. Además, la representación legal del ejecutivo canario, entre otros argumentos, defendió que el régimen económico y fiscal (REF) de que disfruta el Archipiélago obliga también a la Administración central a financiar las obras de «interés general» que se ejecuten en las Islas y, por tanto, a consignar en los PGE el dinero necesario. En el caso de la anualidad para las carreteras de 2013, la suma que debía aportar el Gobierno asciende a 207 millones de euros, mientras que la que finalmente aportó superó por poco los 54 millones.

La sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN ha negado las pretensiones del ejecutivo de Coalición Canaria y Partido Socialista Canario sobre la base de los artículos 20 y 21 de la ley general presupuestaria. Estos artículos limitan, de algún modo, el alcance del carácter vinculante de los convenios interadministrativos, como es el caso, pues cuando estos acuerdos implican gasto público, como también es el caso, su cumplimiento siempre está subordinado a la legalidad presupuestaria. Y en relación con esto, el Supremo dejó claro en su día, allá en 2002, que «no existe un límite legal en la potestad de ordenación del gasto público derivado de la vinculatoriedad de los acuerdos suscritos, sino la subordinación a la ley de presupuestos de todo incremento en el gasto público».

El convenio de carreteras es, y lo fue especialmente durante el segundo mandato de Rivero al frente del Gobierno de Canarias, uno de los caballos de batalla de las discusiones entre las administraciones central y autonómica. De momento, la justicia da la razón al Gabinete estatal.

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