Viviendo en San Borondón

El Pacto por la Democracia (1)

Es inexacta la calificación de este sistema electoral como el de peor calidad democrática de todo el Estado español

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El 6 de junio se había ya firmado en la RSEAPGC el llamado “Pacto por la Democracia”, que después se presentó de manera más formal en sociedad, como las mozas de antaño, en los locales del Parlamento de Canarias a los medios de comunicación y la sociedad tinerfeña el 10 de octubre.

Impulsado por la plataforma cívica Demócratas para el Cambio, este pacto logró la firma de doce partidos políticos minoritarios, descolgándose a última hora el PP y sin que CC ni el PSOE-PSC estuvieran ni se les esperase.

En los días que corren, se ha vuelto ha recuperar su contenido al acercarse galopantes las próximas elecciones y ellos aún con esos pelos. Porque, al contrario de lo que ese rimbombante nombre parece querer decir, a mi juicio usando equívocamente los términos, no trata de la ansiada regeneración, limpieza, destierro de la corrupción y transparencia de la actividad política, sino de la reforma de la Ley Electoral para que puedan entrar los partidos pequeños que ahora no entran.

Pero conviene no olvidar que los grandes lo son, porque son muy votados y los pequeños, son pequeños por serlo menos.

Afirma el preámbulo del texto, que el sistema electoral canario tiene un elevado índice de desproporcionalidad y restricción de acceso al escaño, a la vez que la más alta desigualdad en el valor del voto entre ciudadanos pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma.

Si bien eso es matemáticamente cierto, fue fruto del pacto de la “triple paridad” para acallar el pleito insular y las quejas de unas islas contra otras. Fue votado y aceptado mayoritariamente, por lo tanto con todas las bendiciones democráticas, por más que a muchos no nos guste.

En este sentido, a mi entender, es inexacta la calificación de este sistema electoral como el de peor calidad democrática de todo el estado español, pues la “calidad” de las resoluciones tienen más que ver con la adecuación a las normas de un estado de derecho y a atender al bienestar ciudadano, que con la forma de asignar escaños a los partidos políticos.

Cosa distinta de esa calidad es la fórmula para elegir a las personas que han de ser parlamentarios o concejales, con mayor o menor proporcionalidad al número de electores por circunscripción.

No obstante, conviene también tener en cuenta varias cosas, unas dictadas por las matemáticas y otras por la política. En pura teoría, los sistemas mayoritarios puros, con un número de cargos electos estrictamente proporcional a los votos obtenidos, parece ser el más justo. Sin embargo, o el número de escaños es muy elevado, o las minorías no obtienen representación, dejándolas sin voz ni voto en los foros de decisión.

Para paliar esa disfunción, se han inventado los sistemas proporcionales corregidos, uno de ellos es el aplicado en España, llamado D´Hondt, que refuerza las mayorías sin laminar a las minorías.

Hay otra cuestión, de índole más política, que casi nadie parece querer abordar: la evidente confusión entre voz y voto. Una cosa es que todos los representantes tengan voz para que puedan y deban ser escuchados, y otra distinta es que el voto del representante de una minoría tenga igual peso que el de quien representa a más electores.

Esa es la forma en que las sociedades mercantiles toman sus decisiones. Todos los miembros de la asamblea o junta tienen la misma voz, pero el voto de cada consejero no es numéricamente igual, depende de la cantidad de acciones o electores a quienes represente. Lo de “una persona un voto” es válido para las asambleas, pero no debiera serlo para los sistemas de representación proporcional.

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