El juez ratifica que no se paralizarán las obras del Edificio España, como pedía Baraka

Riu había sido demandado el año pasado por el anterior propietario por «incumplimiento de contrato»

Fachada del Edificio España EFE

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El Juzgado de Primera Instancia nº 67 de Madrid ha dictaminado no suspender las obras que se están realizando en el Edificio España, según solicitó el antiguo propietario del edificio, Grupo Baraka , al frente del cual está Trinitario Casanova, porque «no tiene legitimidad» para pedirlo.

Así lo dispone el fallo, que indica además que «la actora seguiría careciendo de legitimación para el ejercicio de la acción de suspensión de obra nueva» al tener en cuenta la «doctrina jurisprudencial que considera que el comprador tiene derecho a adquirir un derecho real pero carece del mismo, y en consecuencia, de legitimación para el ejercicio de la acción interdictal».

Fue en octubre del año pasado cuando el Grupo Baraka acudió a los tribunales para denunciar supuestas irregularidades en el refuerzo de la estructura del futuro hotel que abrirá en el Edificio España la cadena , propietaria actual de este emblemático edificio.

Baraka aludía a «profundas discrepancias con la dirección facultativa de RCCyP, estudio de arquitectura y urbanismo» debido «a la negativa de la propiedad de ejecutar todas las obras de refuerzo y consolidación estructural para adecuarlo a la normativa vigente y que podrían poner en peligro la estabilidad del edificio , con los riesgos que ello supone».

Considera la sentencia que Casanova carece de legitimación para solicitar la suspensión de las obras al no haber acreditado ser propietario ni poseedor ni titular de ningún derecho real de ninguna parte del edificio, y le condena al pago de la totalidad de las costas .

«No habiendo sido aportado tampoco medio de prueba que justifique que la actora tuviera la posesión mediata o inmediata sobre la parte comercial del Edificio España, ni siquiera un derecho personal que le permite su uso», recoge.

Además, apunta el juez que para llevar a cabo paralización de las obras debería cumplirse que sea obra nueva , que perjudique la propiedad, posesión o un derecho real ajeno. «No bastan, por tanto, riesgos abstractos o remotos, fundamentados en meras sospechas o conjeturas», se apunta.

La cadena hotelera, en un comunicado, ha expresado que «la acción legal promovida por Baraka a través de la demanda interpuesta en el juzgado número 67 de Madrid es una maniobra injustificada que trataba, sin éxito, de entorpecer el normal transcurso de las obras».

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