BANCA

Primera sentencia de una audiencia en Galicia que anula la venta de acciones del Popular

El tribunal considera que la entidad financiera falseó su imagen poco antes de que lo comprara el Santander por un euro

Una oficina del ya desaparecido Banco Popular ABC

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Entre 10.000 y 15.000 pequeños accionistas perdieron toda su inversión en Galicia cuando el Banco Popular fue vendido al Santander por tan solo un euro. Pero los afectados comienzan a ganar la batalla en los tribunales. Por primera vez una audiencia provincial gallega, la de La Coruña, condena a la entidad financiera a devolver 4.225 euros a dos clientes que compraron acciones en 2016. Justo un año después el Popular era intervenido ante el temor de que no tuviese liquidez para atender a sus clientes. La Audiencia resalta que el banco publicitaba una imagen de solvencia que «no se ajustaba en modo alguno a su realidad econónomica».

El fallo, con fecha 1 de marzo, confirma una sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia número 5 de A Coruña y obliga al Banco de Santander, como sucesor de la desaparecida entidad, a devolverles la inversión. Sobre si los clientes tenían pleno conocimiento del riesgo que asumían al comprar acciones del Popular, la sección tercera de la Audiencia de A Coruña explica que «la propaganda informativa del banco era laudatoria sobre sus posibilidades futuras».

La sentencia explica que en la información precontractual, el Popular reconocía que existían «factores de incertidumbre» en 2016, pero recrimina que presentase como el peor escenario posible unas pérdidas contables de 2.000 millones de euros en ese ejercicio. La realidad se impuso y de junio de 2016 a junio de 2017, afloraron pérdidas por valor de más de 12.183 millones de euros. El Tribunal entiende que esta cantidad no puede explicarse sólo por la «enorme retirada de fondos en junio de 2017».

El bufete del abogado Xoán Antón Pérez-Lema, que dirigió la demanda, considera en un comunicado «muy relevante» esta primera sentencia de una audiencia gallega sobre la nulidad de acciones de aquella ampliación, por ser de las primeras de todo el Estado que resuelven sobre esta cuestión. El propio tribunal coruñés subraya esta importancia al indicar que «las audiencias provinciales aun están empezando a pronunciarse, y no siempre con uniformidad, y las resoluciones de los juzgados son muy dispares». Por el momento aún no hay doctrina del Tribunal Supremo.

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