Elecciones 28A

Primer día del voto por correo en las elecciones autonómicas valencianas 2019

Los ciudadanos tienen hasta el 18 de abril para solicitar la documentación electoral y enviarla después dentro del plazo establecido para que llegue a tiempo

El 8 de abril el primer día de solicitud del voto por correo para las elecciones autonómicas valencianas 2019 MIKEL PONCE

ABC

Este lunes, 8 de abril, primer día para solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas valencianas 2019 , se abre el plazo para ejercer una modalidad sencilla y cómoda para los ciudadanos que no se encuentren en su localidad de forma presencial. Así, desde el 8 hasta el 18 de abril como fecha tope (Jueves Santo, pero día laborable en la Comunidad Valenciana), el votante podrá solicitarlo.

¿Qué pedir y dónde?

Además de el voto por correo, el elector debe pedir el certificado de inscripción en el censo electoral dirigido a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral. Deberá solicitarlo todo en cualquier Oficina de Correos y mostrar el DNI, carné de conducir o Pasaporte para comprobar la identidad y firma (no se admiten fotocopias).

Entre los días 8 y 21 de abril, una vez solicitado el voto por correo, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral remitirá al solicitante la documentación necesaria para que pueda emitir su voto. Se enviará por correo certificado, al interesado y en el domicilio señalado en la solicitud. En caso de no encontrarse en casa hasta en dos intentos de entrega, se dejará aviso de llegada para su recogida en la oficina postal correspondiente.

¿Qué incluye el voto por correo?

En la documentación electoral se incluye una hoja explicativa y un certificado de inscripción en el censo electoral vigente. También, una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a las elecciones y un sobre o sobres de votación en el que se introducirá la papeleta correspondiente. Además, se envía un sobre en el que figura la dirección de la Mesa donde le corresponde votar, dirigido al Presidente de esta.

Si son varios los procesos electorales que concurren, se remitirá la documentación necesaria para poder votar en cada elección (en este caso las elecciones autonómicas valencianas y las generales del 28-A).

¿Hasta cuándo puedo emitir mi voto por correo?

El votante tiene de plazo para emitir su voto desde el 8 (primer día de plazo para solicitar el voto por correo) y hasta el 24 de abril . Deberá presentar el sobre de votación con su papeleta y junto con el certificado de inscripción en el censo electoral dirigido a la Mesa electoral en cualquier oficina postal. Se envía certificado y urgente, pero no tiene ningún coste para el ciudadano.

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