Aprueban la anulación del expediente de expropiación de Ciudad de Vascos

En cumplimiento de las sentencias judiciales del TSJ de Castilla-La Mancha y del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Toledo

Un momento del pleno de la Diputación de Toledo Diputación

ABC

La sentencia de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y la del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3, de Toledo , de 31 de julio de 2017, declaran nula la urgente ocupación y el procedimiento expropiatorio aprobados para la ejecución del proyecto Ciudad de Vascos, y dictamina la restitución de la finca, ilegalmente expropiada, a los propietarios.

Por ello, el pleno de la Diputación ha decidido este viernes, por mayoría, aprobar los acuerdos necesarios para la ejecución de esas sentencias y la restitución del derecho pleno de la propiedad de la finca que se declaró de urgente ocupación y cuyo proceso de expropiación se inició, a sus legítimos propietarios. La justicia ha resuelto paralizar el proyecto Ciudad de Vascos a través de las dos sentencias mencionadas, que anulan todas las actuaciones realizadas

El vicepresidente portavoz de la Diputación, Santiago García Aranda, ha señalado la singularidad de las sentencias «que también advierten sobre la posible desviación de poder de María Dolores de Cospedal y Arturo García-Tizón en la tramitación del proyecto de Ciudad de Vascos».

El acuerdo, tomado en cumplimiento de las dos sentencias, anula el procedimiento «ilegalmente tramitado por la Diputación bajo el mandato de García-Tizón» , ha explicado el vicepresidente portavoz.

Ahora, la Diputación deberá proceder a cancelar la inscripción que se realizó a favor de la Diputación Provincial en el Registro de la Propiedad de El Puente del Arzobispo y la revocación de esa inscripción realizada a favor de la Diputación Provincial.

Las dos sentencias hablan incluso de actitudes muy graves que podrían ser calificadas como desviación de poder al utilizar la administración en el proyecto de Ciudad de Vascos con fines electoralistas. En el fallo judicial se recoge que el proyecto Ciudad de Vascos no iba a dinamizar económicamente la zona ni la comarca de Talavera de la Reina, y censuran la construcción de un centro de interpretación, cuando ya existía uno de esta naturaleza que hacía innecesaria la construcción de otro más.

Viviendas sociales

El pleno ha aprobado también por unanimidad la propuesta para la cesión gratuita del uso de inmuebles urbanos, propiedad de la Diputación de Toledo al Ayuntamiento de Torrijos . El alcalde solicitaba la cesión gratuita del uso de los bienes urbanos propiedad de esta Diputación, concretamente de unas viviendas sitas en la calle Lucero, que se encuentran deshabitadas desde hace tiempo, con el fin de contribuir en la medida de lo posible a paliar la situación de necesidad existente entre los vecinos en riesgo de situación de exclusión social. Se trata de nueve inmuebles urbanos que forman parte de un conjunto de doce viviendas.

El Ayuntamiento de Torrijos asumirá los gastos ordinarios derivados de la conservación y mantenimiento y de los servicios de suministro correspondientes, originados en las viviendas cuyo uso se cede.

Asuntos económicos

Desde el Área de Transparencia, Hacienda y Buen Gobierno se ha trasladado al pleno corporativo dos asuntos relacionados con la modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras para el procedimiento de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas tributarias y pagos personalizados.

La primera de las ordenanzas establece que las deudas tributarias y demás ingresos de derecho público que se encuentren en período voluntario o ejecutivo, podrán aplazarse o fraccionarse a solicitud del contribuyente en los términos establecidos en la Ordenanza fiscal y previa solicitud del mismo cuando su situación económico-financiera le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos.

El aplazamiento del pago de una deuda no superará los 6 meses. Los fraccionamientos se liquidarán en cuotas mensuales. La cuota mínima mensual resultante del fraccionamiento no podrá ser inferior a 50 euros.

La segunda ordenanza tiene por objeto regular las condiciones y requisitos mediante los cuales los obligados al pago de los tributos y demás ingresos de derecho público podrán personalizar los pagos mediante la realización de pagos a cuenta y fraccionados.

Será de aplicación a las deudas de cobro periódico por recibo que el OAPGT recaude por delegación de los municipios.

Los contribuyentes podrán personalizar, en un único plan, el pago de los recibos anuales en períodos mensuales de 10 meses (de enero a octubre de cada ejercicio) o en períodos bimestrales en 5 bimestres (de enero a octubre de cada ejercicio).

Las dos ordenanzas han recibido la unanimidad de los cuatro grupos políticos representados en la Diputación de Toledo.

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