Exhumación de Franco: ¿qué puede ocurrir a partir de ahora?

El Tribunal Supremo accede a suspender de manera cautelar el traslado de los restos del dictador pero reconoce que concurre el «interés general» en el plan trazado por el Gobierno

El lugar donde reposan los restos de Francisco Franco en el Valle de los Caídos EFE

Esta funcionalidad es sólo para registrados

La medida estrella de Pedro Sánchez tendrá que esperar. El Tribunal Supremo suspendió por unanimidad y de manera provisional la exhumación de Francisco Franco, prevista por el Gobierno para el próximo lunes, día 10 de junio. El laberinto legal se alarga un poco más después de que el Alto Tribunal ordenara poner en marcha las medidas cautelares solicitadas por la familia del dictador hasta, al menos, que los magistrados elaboren una resolución en firme que avale o no el traslado de los restos mortales desde el Valle de los Caídos al cementerio de Mingorrubio-El Pardo.

La razón en la que descansa esta decisión es la de evitar «el perjuicio» que se causaría en los recurrentes -es decir, los nietos de Franco- y especialmente a los intereses públicos encarnados en el Estado, que se verían «gravemente afectados» si exhumados los restos se estimara el recurso y fuera preciso devolverlos al lugar en el que se hallan. Los magistrados de la Sala Tercera del Supremo -la de lo Contencioso-administrativo- se reunieron ayer, apurando los plazos, y decidieron por unanimidad dejar en suspenso por el momento el proceso.

«Grave trastorno»

«La mera posibilidad de que prosperaran las pretensiones de los recurrentes cuando ya se hubiere producido la exhumación y fuere preciso llevar de nuevo los restos mortales exhumados a su actual sepultura, comportaría un muy grave trastorno para los intereses públicos encarnados en el Estado», especifica el auto, al que ha tenido acceso ABC. En el mismo texto los magistrados reconocen los «rasgos especiales» que concurren en este caso. Estiman que Franco fue Jefe de Estado entre «el 1 de octubre de 1936 [tres meses después del comienzo de la Guerra Civil] y hasta su fallecimiento el 20 de noviembre de 1975» y atribuyen «un perjuicio irreversible a la ejecución de la decisión del Consejo de Ministros de exhumar sus restos si ésta, después, fuere considerada contraria a Derecho».

Este argumento responde, como avanzó ABC, a que el Alto Tribunal busca evitar el trasiego de los restos de Franco hasta que no haya una decisión en firme sobre el fondo de la cuestión: es decir, si es preceptivo el traslado hasta el cementerio de Mingorrubio-El Pardo. A esta circunstancia se suma el hecho de que después de casi medio siglo enterrado en el Valle de los Caídos no parece que el traslado sea una cuestión urgente que no pueda esperar unos meses.

Satisfacción en la familia Franco

El Supremo, sin embargo, también reconoce en su escrito que en los acuerdos del Consejo de Ministros que disponen la exhumación «está presente el interés general». A partir de ahí, los magistrados avanzan que la resolución del recurso de la familia Franco se puede dar en «un plazo razonable». Por ello, añaden en el auto, «los intereses públicos vinculados a la exhumación», que ahora dejan en suspenso, «no se verán afectados por un tiempo prolongado si es que, finalmente, debieran prosperar». A este párrafo precisamente se agarra el Gobierno. Como informa Víctor R. Almirón, fuentes de La Moncloa insisten en que este párrafo «no discute el interés general de la medida».

«Es lógico que hagan esto, yo si fuera ellos haría lo mismo», ironiza Luis Felipe Utrera-Molina , el abogado de la familia Franco, quien considera ante ABC que esta resolución del Supremo es «una victoria moral». «El Gobierno dijo que iba a sacarlo el día 10 de junio y eso ya no va a ser posible», indica el abogado, que no se aventura a hacer pronósticos, pero que también valora que el dictamen de los magistrados haya sido «por unanimidad».

A partir de ahora queda la resolución definitiva. Haga lo que haga el Supremo, el caso seguirá, puesto que las partes siguen firmes en sus postulados y todavía restan instancias judiciales, tanto a nivel nacional como internacional, a las que apelar.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación