La Audiencia critica las acusaciones «gratuitas» de un sindicato a la Dirección General de la Guardia Civil

La Sala dice que la Benemérita hizo todo lo posible por hacer acopio de material «desde finales de enero»

Dos guardias civiles vigilan las carreteras en cumplimiento de las limitaciones al confinamiento

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La Audiencia Nacional ha desestimado la medida cautelar solicitada por la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) para que en el plazo de 24 horas su Dirección General entregue los equipos de protección y realice las pruebas de detección del coronavirus a todos los agentes que se encuentren prestando servicio activo de protección de la seguridad y otoes los cometidos asignados a este cuerpo en su territorio competencial.​

En un auto, la Sala de lo Social destaca que no se ha acreditado por parte de quien insta las medidas de «las graves de aseveraciones que se contienen de forma genérica y que, por otro lado, quedan prácticamente desvirtuadas» por la documental aportada por la Abogacía del Estado.

Esa documentación acredita que desde finales de enero por parte de la Dirección General de la Guardia Civil, se está desarrollando una actividad preventiva, encaminada a evaluar los riesgos de la diferentes unidades en atención a los riesgos que se expone en cada una de ellas, así como las gestiones necesarias para el acopio de recursos preventivos en una situación mundial de desabastecimiento para paliar los riesgos de exposición al Covid 19, «habiendo dado cumplida cuenta del material que se dispone y de los criterios adoptados para su uso».​

«Difícilmente puede apreciarse la actitud de inobservancia de la normativa en materia de seguridad y salud laboral que, de forma un tanto gratuita», imputa la Asociación Española de la Guardia Civil a la Dirección General del Instituto Armado.​

Salud pública colectiva

Además, dice la Sala, la medida que se solicita relativa a la entrega de los EPIs y la realización de los test de forma indiscriminada a todos los agentes que se encuentren en servicio activo de protección de la seguridad, «lejos de mitigar el riesgo de retardo, lo acrecienta, poniendo, a juicio de esta Sala, en peligro un bien jurídico superior y trascendente al que se pretende proteger con la futura demanda, cual es la salud pública de la sociedad en su conjunto».​

«En efecto -señalan los magistrados-, ante una situación de notoria y conocida escasez de recurso preventivos y de test diagnósticos eficaces para la detección del Covid 19, producida por el alcance mundial de los contagios producidos por el patógeno vírico, la pretensión de la parte, amén de trascender las competencias de la DGGC (...) pone en peligro el uso racional que de los mismos debe efectuar por la propia DGCC de los recursos disponibles con relación a su plantilla así como las prioridades que al respecto puedan efectuarse por las autoridades sanitarias, en orden a la práctica de los test, para garantizar la salud colectiva»​.

En otro auto, la Sala rechaza la medida cautelar solicitada por el Sindicato Alternativa Sindical de Policía para que se realicen de forma urgente test de detección rápida a los funcionarios de la Policía Nacional. Respecto a su petición de que dicha medida se extienda al resto de cuerpos policiales y a la Guardia Civil , los magistrados estiman la falta de legitimación del sindicato para la ampliación de dicha medida al resto de miembros de las fuerzas de seguridad.

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