«La Tigresa», junto a «Santi Potros», en una imagen de archivo
«La Tigresa», junto a «Santi Potros», en una imagen de archivo - Efe

La Audiencia deniega un permiso a «La Tigresa» por no pedir perdón a las víctimas

Actualmente desvinculada de la banda, no ha asumido los atentados por los que fue condenada a 2.223 años de prisión

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

La Audiencia Nacional ha rechazado dar un permiso de salida de prisión a la etarra Idoia López Riaño, conocida como « La Tigresa» y actualmente desvinculada de la banda, porque no ha asumido todos los atentados por los que fue condenada y, en consecuencia, no ha pedido perdón a las víctimas de estas acciones.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Sala de lo Penal confirma la decisión del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que rechazó la petición de la exdirigente de ETA y desestima el recurso presentado por su abogado Fernando Pamos de la Hoz, que defendía que su cliente ha «abominado la violencia» y su día a día en prisión es «ejemplar».

El letrado lamenta que Idoia López Riaño, cuyo alias real en la banda era «Margarita», sea percibida por una parte de la sociedad como «la bestia negra» y la «figura del mal» y recuerda que, tras su salida «voluntaria y sincera» de la organización terrorista, ha logrado «superar lo horrendo de las prisiones, reconstruir su deteriorado yo» y tener un «excelente» comportamiento en la cárcel.

Los magistrados Manuela Ferández Prado, Javier Martínez Lázaro y Nicolás Poveda esgrimen un informe técnico —al que la defensa se queja que no ha tenido acceso— que concluye que solo reconoce dos asesinatos y no el resto. «La penada no reconoce parte de los hechos por los que ha sido condenada, ni asume ni ofrece su reparación, siquiera por la petición de perdón», alegan.

Los jueces admiten que la evolución de la interna es «muy positiva» y que ha participado en actividades que reflejan su alejamiento a ETA. Sin embargo, destacan que cuenta con un historial de «gravísimos hechos», que llevaron a condenarla a 2.223 años de prisión, cuyo licenciamiento se fijó en el 20 de marzo de 2019 teniendo en cuenta el límite máximo de 30 años.

La resolución cuenta con el voto particular discrepante del magistrado Ramón Sáez Valcárcel al considerar que la denegación del permiso «carece de cobertura legal» porque se aplica un concepto del principio de reinserción social y del tratamiento penitenciario de «dudoso encaje constitucional».

«La ley no prevé para la autorización de permisos de salida ni la asunción de responsabilidad, ni el arrepentimiento. Someter la autorización de permisos a la condición de que el condenado asuma la responsabilidad por todos los delitos, se arrepienta y pida perdón supone introducir criterios no contemplados en la ley», argumenta.

Ver los comentarios