ECONOMÍA

Concluye el concurso de Contsa once años después de declararse

José Salas, fundador de la compañía, ingresó en prisión después de que la Audiencia de Sevilla le condenara a más de nueve años por estafa

José Salas, fundador de Contsa Corporación Empresarial ABC
María Jesús Pereira

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El juez Mercantil 1 de Sevilla, Eduardo Gómez, ha dictado un auto dando por concluido el concurso de Contsa Corporación Empresarial, la empresa de José Salas Bursón que fue declarada en situación de insolvencia en 2018 cuando debía casi 120 millones de euros a más de 1.300 acreedores, aunque la sociedad sólo tenía activos valorados en 31,6 millones de euros. La Audiencia de Sevilla condenó en 2016 a nueve años, cuatro meses y quince días de cárcel por los delitos de estafa, falsedad, societario e insolvencia punible, y en 2017 entró en prisión.

El concurso concluye, pues, once años después de haberse declarado, aprobando el juez las cuentas formuladas por los administradores concursales -Miguel Isasi, Joaquín Aguilar y Francisco Tato-, quienes cesan en sus funciones. Según los administradores concursales, Contsa captó fondos de forma piramidal, prometiendo rentabilidades que oscilaban entre el 20 y 100% del dinero prestado.

El concurso se cierra con la liquidación de la empresa después de la subasta o venta directa de todos sus activos , que han permitido pagar las deudas pendientes con todos los acreedores con privilegio, así como el 2,5% de las deudas con los créditos ordinarios.

El concurso de acreedores de Contsa estuvo plagado de incidentes, entre los que se cita la demanda que en 2011 interpuso José Salas en el Juzgado Mercantil 1 de Sevilla contra los administradores concursales de la compañía. Salas les reclamó seis millones de euros en concepto de daños y perjuicios por su actuación en Contsa al entender que dejaron morir la empresa al no pagar las cuotas hipotecarias y provocar la subasta de los inmuebles, no continuar con las promociones en curso, no alquilar los cincuenta inmuebles que tenía o no vender algunos activos para generar liquidez. En 2013, el juez dejó claro en una sentencia de 2013 que no hubo negligencia en la actuación de Aguilar, Isasi y Tato.

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