Cinco precauciones del avalista de una hipoteca

Cuando no se cumplen los requisitos para obtener el préstamo, se suele recurrir a esta figura

Un chalet en una urbanización de Madrid DANIEL G. LÓPEZ

Pisos.com

En la mayoría de los casos, la financiación hipotecaria es la llave que permite abrir la puerta de una nueva casa en propiedad. Para conseguir un préstamo, es fundamental que el solicitante reúna una serie de requisitos, entre ellos, disponer a una cantidad de ahorro lo suficientemente alta como para cubrir el porcentaje que el banco no concede y los gastos asociados a la hipoteca. Cuando no se cumple esta condición, se suele recurrir a un avalista. Esta figura no está exenta de riesgos. En pisos.com, te detallamos los más comunes:

1. Estar bien informado. Antes de dar el consentimiento para figurar como avalista en una hipoteca hay que informarse a conciencia de lo que supondrá este compromiso. El pago del préstamo para la compra de una vivienda abarca varias décadas, y a lo largo de este tiempo se pueden producir contingencias que afecten al avalista. Es conveniente saber las consecuencias derivadas de las mismas, no solo revisando las condiciones, sino incluso negociándolas con el banco.

2. Responsabilidad limitada. Si el titular de la hipoteca incurre en impago, el avalista estará obligado a responder a la deuda en su nombre con todos sus bienes presentes y futuros. Es importante saber que esta responsabilidad se puede limitar a un porcentaje concreto de lo amortizado. Se trataría, por tanto, de establecer una garantía parcial, por un importe máximo y un tiempo determinado, y dejar constancia de ello en la escritura hipotecaria.

3. Hipotecante no deudor. Otra forma de salvaguardar los bienes del avalista en caso de impago del titular es firmar como hipotecante no deudor. Se trata de una figura diferente del avalista porque limita su garantía a un bien concreto, por ejemplo, a su actual casa en propiedad, no a todo su patrimonio. De esta forma, la garantía y responsabilidad del hipotecante no deudor se limita al valor efectivo del bien aportado, sin que se puedan reclamar otros bienes presentes y futuros.

4. Condiciones abusivas. Las garantías solidarias suponen la renuncia a los privilegios de excusión, orden y división. El derecho de orden permite a banco reclamar a los avalistas después de haber reclamado a los titulares hipotecarios. El de excusión exige ir primero contra el patrimonio de los titulares, mientras que el de división plantea, cuando hay varios avalistas, que se reclame la deuda proporcionalmente. Al renunciar a todos estos derechos se podría considerar que el aval es abusivo e iniciar un procedimiento judicial.

5. Nulidad por sobregarantía. También es posible tratar de cancelar el aval en los tribunales cuando al bien hipotecado se le adjudica un valor de tasación para conceder la hipoteca igual o superior al préstamo concedido. En estos casos, el banco podría saldar la deuda y recuperar el dinero prestado tras la subasta sin mayores problemas y sin necesitar avalistas, pero si lo desea también podría ir a por los bienes de los mismos debido a esta sobregarantía.

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