Cómo afectará el coronavirus a la declaración de la Renta

Antes de presentar la declaración de la Renta, es aconsejable tener en cuenta el impacto que la pandemia podría tener en el IRPF

Cuál es la fecha límite para presentar la declaración de la Renta 2020-2021

Cuáles son las deducciones de la declaración de la Renta 2020-2021 por comunidades

Oficina de la Agencia Tributaria

ABC

La pandemia de coronavirus ha cambiado nuestro día a día por completo. El virus no solo ha generado una alarmante crisis sanitaria en todo el mundo, sino que ha afectado de manera notable a la economía de un gran número de personas en nuestro país. De hecho, los meses de confinamiento estricto decretados durante el primer estado de alarma paralizaron por completo la economía española, la cual no logra recuperarse debido a que las medidas sanitarias impiden, en gran parte, que pueda rendirse como se hacía antes de la expansión del SARS-CoV-2 .

Por todo ello, este 2021 será necesario comprobar si las medidas sanitarias y sociales decretadas por el Ejecutivo central han podido afectar a la fiscalidad del contribuyente . Ya en el pasado mes de noviembre el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), elaboró una serie de recomendaciones que deben tenerse en cuenta a la hora de declarar el IRPF este año:

Permanecer en España durante el confinamiento

Seguramente muchas personas que no suelen tributar en España se quedaron durante un periodo prolongado viviendo en nuestro país debido al confinamiento estricto decretado el pasado 13 de marzo de 2020.

La Agencia Tributaria determina que cualquier persona que permanezca en España más de medio año, es decir, 183 días , tiene residencia fiscal en el país. De este modo, desde REAF aseguran que «todos los días que tuvo que quedarse en España por las restricciones a la movilidad establecidas por el estado de alarma computan para determinar si un ciudadano tiene la residencia fiscal en España y, por tanto, es contribuyente del IRPF ».

El teletrabajo

El teletrabajo ha experimentado un auge en España a raíz de la pandemia de coronavirus. Son muchas las empresas que optaron por mandar a sus trabajadores a casa para que la actividad económica no se viera detenida y, a día de hoy, son otras tantas las que prefieren mantenerlo.

El teletrabajo posibilita vivir en un municipio diferente al que está ubicado la empresa. No obstante, a efectos fiscales, se considera que el contribuyente es residente en la comunidad autónoma en la que ha permanecido más días durante el año. Además, como asegura la REAF, «no producirán efecto los cambios de residencia que tengan por objeto principal lograr una menor tributación efectiva».

Por otro lado, en algunos casos en las empresas entregan a sus empleados ordenadores, móviles, dispositivos electrónicos varios, sillas o el pago de cantidades para la compensación de gastos. Es conveniente pactar con la empresa cómo deben tratarse estos materiales, pues si son utilizados para fines particulares por el trabajador, se considerarán retribuciones en especie .

Los ERTE

Muchos trabajadores se han visto afectados a lo largo de 2020 por un Expediente de Regulación Temporal del Empleo (ERTE) , por lo que es posible que muchos contribuyentes tengan que realizar la declaración de la Renta por primera vez o hacerla de forma diferente, pues en este ejercicio, en lugar de un solo pagador, se tendrán al menos dos, la empresa y el SEPE .

Las personas que hayan ingresado en el pasado año fiscal 14.000 euros anuales teniendo más de un pagador, y siempre que el segundo o los siguientes paguen más de 1.500 euros , tendrán que hacer la declaración de la Renta . Por ello, es posible que trabajadores que nunca antes habían tenido la obligación de declarar deban presentar la declaración este año.

El REAF recomendaba solicitar a la empresa o al SEPE retener una mayor cuantía para amortiguar el resultado de la declaración. No obstante, ya es tarde para hacerlo, por lo que si no se ha solicitado la declaración de la Renta seguramente salga a pagar .

Ingreso Mínimo Vital

En 2020 se aprobó una nueva ayuda debido a la profunda crisis económica en la que se ha visto sumida una gran parte de los residentes en España. Esta ayuda se tratará en la declaración de la Renta como cualquier otra subvención , por lo que tendrá que declararse.

Cese de actividad

Los trabajadores por cuenta propia que se hayan acogido durante 2020 a la prestación extraordinaria por cese de actividad deberán incluirla en la declaración de la Renta como rendimiento del trabajo y podrán deducirse en concepto de otros gastos.

Si se hubieran recibido subvenciones o ayudas regionales , los autónomos deberían declarar estas cantidades como rendimientos de actividades económicas.

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