CÁDIZ

Las peleas de gallos o las detenciones sin delito

La normativa andaluza que permite esta actividad para mantener la especie dificulta la actuación judicial por maltrato animal

CÁDIZ. Actualizado: Guardar
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A mediados de abril, la Guardia Civil daba cuenta de un importante operativo policial para atajar irregularidades en varios reñideros de la provincia de Cádiz y la vecina de Sevilla.

La investigación se saldó con nueve detenidos, acusados de un delito de maltrato animal y la imposición de más de 200 denuncias por sanciones administrativas. Fuentes judiciales confirmaban a este medio que ese esfuerzo policial, que se centró en tres peñas gallísticas de Trebujena, Sanlúcar y El Cuervo (Sevilla) se ha traducido hasta la fecha en la celebración de dos juicios de faltas, que se desarrollaron en el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Sanlúcar y en un tercer procedimiento, que ha recaído en el juzgado de Instrucción número 2 de Jerez, el cual aún no ha incoado diligencias.

Por tanto, se desconoce si ese tercer atestado aportado por la Benemérita tendrá una continuación como procedimiento penal o se ventilará como el resto mediante un juicio de faltas.

Esta continuación judicial, de escasa gravedad jurídica y, por tanto sancionadora, a un despliegue importante de los cuerpos policiales, en este caso de la Guardia Civil, no es una anécdota sino una constante.

Los nueve detenidos en ese operativo quedaron en libertad casi al instante y ante la Justicia, la mayoría ya se ha enfrentado a un castigo por una falta no por un delito.

La razón no es otra, reconocen fuentes judiciales, que la dificultad de demostrar en un proceso judicial que durante una pelea de gallos que se celebra en terreno andaluz existe un delito de maltrato animal, que sí está penado por la legislación española.

Hasta la fecha, no existen precedentes en la provincia de Cádiz, aseguran las mismas fuentes, de condenas en este sentido. Los investigadores se topan con un importante obstáculo, la propia normativa andaluza, que junto a la que rige en las Islas Canarias, son las únicas que permiten esta actividad, pero con un fin: la conservación de la especie del gallo de pelea.

Es decir, sólo se admiten combates cuando el fin es el adiestramiento para la selección de cría y la mejora de la raza. Sólo con este objetivo, la normativa andaluza permite una actividad que está vetada en el resto del territorio nacional a excepción de Canarias.

Los agujeros de la normativa

La justificación para que Andalucía ampare las peleas de gallos y las haga compatibles con la normativa que recoge la protección de animales es la tradición. Lo cierto es que los ejemplares que se crían y adiestran en esta provincia tienen una alta consideración en este mundo, que vive dentro de la excepcionalidad.

Fuentes judiciales señalan que para probar en un juicio que existe un maltrato animal, habría que demostrar que un mismo gallo es «echado» a pelear en varias ocasiones pese a presentar importantes lesiones.

Sin embargo, los animales que se enfrentan en estos combates, en caso de salir perdiendo, pocas veces sobreviven. Además, añaden las mismas fuentes, la labor de investigación que realiza principalmente el servicio del Seprona de la Guardia Civil son complejas ya que sus efectivos son de sobra conocidos en estos reñideros por su constante labor de vigilancia. De ahí que el efecto sorpresa de una intervención policial en un reñidero sea muy difícil.

Finalmente, estas investigaciones terminan cerrándose con la imposición de sanciones administrativas por incumplimiento de normas como la presencia de menores en las peleas, el consumo de alcohol o el cobro de entradas.