EL ARTÍCULO CLAVÁ

Una ocasión perdida

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El proyecto de ley de Reforma de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 1990 que fue aprobado definitivamente el jueves por el Congreso de los Diputados y que entrará en vigor seis meses después de su publicación en el BOE (salvo en aquellos aspectos que benefician al ciudadano, en que la entrada en vigor será inmediata) aporta bien poco a la seguridad vial, agiliza y asegura muy considerablemente el cobro de las multas a costa de la seguridad jurídica y pierde una vez más una ocasión de abordar la seguridad vial de forma compleja y multidisciplinar, único medio de reducir la siniestralidad a su mínima expresión.

En efecto, lo más relevante de la reforma no es el conjunto de pequeñas modificaciones que se introducen en el catálogo de infracciones y sanciones, que ciertamente se racionaliza en algunos extremos, sino los cambios habidos en el procedimiento sancionador, que muestran una sospechosa voracidad recaudatoria, tienden a evitar que el ciudadano recurra, como es su derecho, y le dejan en caso de litigio en una situación cercana a la indefensión.

Felizmente, la voracidad recaudatoria del Gobierno se ha visto limitada por el buen sentido de las minorías, que han impuesto algunas enmiendas. Así, el proyecto de ley original pretendía sancionar los excesos de velocidad desde el primer kilómetro excedido, sin tener en cuenta que los radares tienen márgenes de error que oscilan del 4 al 10%. Por suerte, el buen sentido ha cundido y se mantendrán dichos márgenes de error.