ESPAÑA

El Gobierno transfiere la gestión de los permisos de trabajo para extranjeros

Las comunidades participarán también en la fijación del cupo en sus territorios al conocer mejor su necesidad laboral

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

El Gobierno ya tiene un borrador de reforma del reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería en el que cede a algunas comunidades la gestión de los permisos de trabajo a los extracomunitarios. Ahora, sólo los nuevos estatutos de Cataluña, Andalucía y la Comunidad Valenciana asumen competencias en inmigración.

El proyecto incluye 22 modificaciones en 16 de los 165 artículos del actual reglamento de la Ley sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros. Por primera vez recoge que dos administraciones públicas tendrán autoridad en materia de inmigración. Los gobiernos autonómicos que tengan reconocidas competencias se convierten en «autoridad laboral», de manera que, a partir de la aprobación del nuevo reglamento, serán los encargados de «resolver» las solicitudes de autorización de trabajo de los inmigrantes de su comunidad, mientras el Estado gestionará los permisos de residencia.

El proyecto insiste en que esta bicefalia administrativa no provocará inseguridad jurídica ni una mayor burocratización. Para ello, el Gobierno propone varios sistemas de coordinación, entre ellos, un único archivo informático con datos de todos los solicitantes para evitar solapamientos.

Además, los empresarios e inmigrantes sólo tendrán que presentar la documentación una vez y los aspirantes a papeles tendrán una única respuesta suscrita por los gobiernos nacional y autonómico, aunque el proyecto deja claro que será éste último el que tendrá la última palabra tras consultar a los ministerios de Trabajo e Interior. Los gobiernos autonómicos competentes podrán expedir permisos de trabajo por un plazo máximo de un año. «La iniciación del procedimiento corresponderá al órgano competente de la comunidad autónoma, que deberá coordinarse necesariamente con la Administración General Estado». Será también la autonomía la que resuelva la admisión a trámite o no, aunque siempre «de acuerdo con la información preceptiva y vinculante que le hubiera facilitado el Estado». El reglamento establece que los ejecutivos autonómicos notificarán las resoluciones, autorizarán las renovaciones de los permisos laborales y resolverán los recursos. La comunidad deberá informar siempre a la Administración e introducir sus fallos en un sistema informático común para evitar que ningún extracomunitario intente conseguir papeles en otra comunidad.

El Estado hará suya cualquier resolución de las comunidades para evitar inseguridades jurídicas. Las autorizaciones de trabajo serán firmadas por ambas administraciones y las resoluciones serán «concordantes». La reforma asume por último una de las reclamaciones históricas de las comunidades: intervenir en la fijación del contingente anual de trabajadores, ya que ellas conocen mejor que nadie las necesidades laborales en su territorio.