Sociedad

Los internautas españoles ganan la primera batalla legal sobre descargas

Los internautas están de enhorabuena. Los intentos de vigilar y bloquear las descargas de archivos en internet sufrieron ayer un duro revés. El Tribunal de Justicia europeo autorizó una ley española que permite a las operadoras negarse a comunicar la identidad de los usuarios que intercambien archivos mediante los programas P2P, caso del eMule, Ares, Kazaa o BitTorrent. La sentencia concluye que la protección de los derechos de autor «no puede ir en perjuicio» de la salvaguarda de los datos personales, después de que a finales de 2005 la asociación de productores de música en España (Promusicae) denunciase a Telefónica por no dar información de sus clientes.

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Promusicae había exigido ante un tribunal de Madrid que la compañía Telefónica revelase la identidad y la dirección de determinadas personas a las que presta un servicio de acceso a Internet. Según los productores, estos usuarios utilizaban el programa de intercambio de archivos Kazaa para acceder a canciones cuyos derechos de explotación correspondían a los asociados de Promusicae. Pero Telefónica alegó que, conforme a la legislación española, esta petición sólo estaba autorizada en el marco de una investigación criminal o para la salvaguardia de la seguridad pública y de la defensa nacional.

Ante esta situación, la justicia española pidió la opinión de los jueces europeos con sede en Luxemburgo. En concreto, el tribunal español preguntó si el derecho comunitario obligaba a los Estados miembros a imponer el deber de «comunicar datos personales en el marco de un procedimiento civil» con objeto de garantizar la protección de los derechos de autor.

Interpretación propia

La respuesta conocida este martes, si bien no obliga a los países miembros a imponer tal deber, si deja en sus manos la interpretación de las directivas europeas sobre propiedad intelectual y respeto de la vida privada, es decir, el Tribunal de la UE deja en manos de los gobiernos la posibilidad de legislar o no al respecto. Un razonamiento que fue recibido por Promusicae como una «buena noticia que espera que haga recapacitar a nuestros gobernantes».

Otra lectura positiva para los productores musicales es que el Tribunal europeo también hace mención a la necesidad de que los Estados miembro sean ecuánimes la hora de incorporar la normativa comunitaria entre el derecho a la intimidad de los usuarios y el de la protección de la propiedad.