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Abusó de una niña tres meses después de ser condenado por otro delito sexual

Al individuo se le han impuesto ahora cuatro años de cárcel y cinco de libertad vigilada

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a cuatro años de prisión y otros cinco de libertad vigilada a un individuo que abusó sexualmente de una niña de seis años de edad y que en tres meses antes había sido condenado por otro delito sexual en Málaga

Según la sentencia, a la que tuvo acceso este periódico, la sala considera probado que Juan Francisco S.N., de 56 años de edad, abusó sexualmente de una menor sobrina de un amigo y le impone cuatro años de prisión, la imposibilidad de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima y comunicar con ella en un plazo de cinco años. El mismo periodo en el que el condenado estará en libertad vigilada tras cumplir la pena privativa de libertad.

La condena supone dos años menos de los que pedía la Fiscalía y cinco por debajo de lo exigido por la Acusación Particular y se da la circunstancia de que el acusado fue condenado en sentencia firme el 13 de octubre de 2010 —tres meses antes de ocurrir los hechos— por un delito sexual. Se le impusieron 14 meses de prisión.

Los abusos se produjeron el 22 de enero de 2011 cuando la menor se encontraba con un tío y el acusado en el portal del bloque donde viven los abuelos maternos. El familiar se ausentó un momento para ir a hacer unas compras, momento en el que Juan Francisco aprovechó para «desabrochar el pantalón de la niña y meter la mano entre las medias y las bragas» para «tocar su zona genital».

La pequeña, al regresar a la casa, pidió a su padre que le abrochara el pantalón. Éste le preguntó por qué lo llevaba así, pero la pequeña no respondió. Fue al día siguiente, cuando los progenitores insistieron, cuando contó lo sucedido.

La menor fue llevada al hospital Materno Infantil, donde, además de relatar a una doctora lo que le había pasado, se le diagnosticó un eritema en la zona de los tocamientos.

Leve retraso mental

El condenado reconoció ante el juez instructor que «tocó a la menor por encima del pantalón», pero durante el juicio alegó no recordar nada. Aunque su defensa intentó que se tuviera en cuenta como eximente el leve retraso mental que padece Juan Francisco S.N., los médicos forenses que lo reconocieron destacaron que «no existía merma de sus facultades». «Se trata de una conducta aberrante de la que el acusado era plenamente consciente», agregaron.

El tribunal consideró probado que el acusado se quedó a solas con la niña y después esta llevaba los pantalones desabrochados.

Contra esta sentencia, que recoge la agravante de reincidencia y que obliga al condenado a pagar las costas, cabe recurso de casación.

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