Dinero Público

El Ayuntamiento de Jaén gastó más de 50 millones de euros en contra del criterio del servicio de intervención

La Cámara de Cuentas de Andalucía observa numerosas anomalías en la gestión municipal del ejercicio de 2014

Fachada del Ayuntamiento de Jaén ABC

Javier López

Un informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía revela que el Ayuntamiento de Jaén adoptó 127 acuerdos contrarios a reparos de intervención en 2014 por un importe de 50.503.448,18 euros . Del total, 90 son del propio consistorio y 37 de organismos autónomos. En concreto, 22 del patronato municipal de Deportes, 10 del patronato de Cultura, 3 de la Universidad Popular y 2 del patronato municipal de Asuntos Sociales.

La mayor parte de los reparos del servicio de intervención se derivó de operaciones de crédito que superaban los límites establecidos por ley . Le siguen como causa las prestaciones fuera de vigencia del contrato y ausencia de procedimiento de contratación, la financiación de entidades a extinguir, la falta de oferta de empleo público y, en el capítulo de gastos de personal, la contratación no ajustada al procedimiento.

El principal órgano fiscalizador autonómico analiza los reparos de la intervención del consistorio jiennense en diversos ámbitos durante el ejercicio. Así, respecto al de limpieza, aclara que el interventor objetó el reconocimiento de obligaciones a la empresa FCC Medio Ambiente por las facturas presentadas entre enero y septiembre de 2014, correspondientes al contrato de recogida de basura. Advirtió de que se prestaron servicios una vez finalizadas las prórrogas del contrato .

Ante esto, el órgano gestor aclaró que preparaba la licitación pública para adjudicar de nuevo el servicio en condiciones de mayor eficiencia y con ahorro de costes, pero que, mientras, no había encontrado mejor solución que ésta para que la recogida de basuras y limpieza viaria siguiera prestándose . De manera que el entonces alcalde, José Enrique Fernández de Moya, resolvió por decreto la discrepancia, levantó el reparo y ordenó los pagos.

El órgano de intervención también presentó reparos al nombramiento de 11 bomberos como funcionarios interinos por acumulación de tareas, al considerar que su nombramiento no se adecuó a lo dispuesto en el estatuto básico del empleado público. En concreto, puso de manifiesto que en el nombramiento, que a su juicio no requería urgencia, no se respetaron los principios de igualdad, mérito y capacidad.

En el informe de discrepancias, el jefe de servicio de prevención, extinción de incendios y salvamento replicó que se hacía evidente la necesidad de refuerzos de personal para el periodo estival. Pero para la Cámara, la urgencia de la contratación es relativa, ya que como se certifica el informe, la situación se gesta desde 2007 y la necesidad de refuerzos en verano tiene carácter estacional y periódico, por lo que es posible apostar por ofertas de empleo público.

Aunque crítica, la Cámara puntualiza, no obstante, que no parece que se hayan conculcado los principios de igualdad, mérito y capacidad , ya que, según el decreto del alcalde, la cobertura de los puestos se realizó mediante la selección de personal que se había presentado en convocatorias anteriores y se dio preferencia a los que obtuvieron mayor puntuación en las mismas.

El órgano de intervención realizó también informes de fiscalización con reparos a 2 expedientes, uno del patronato de la Universidad Popular de Jaén y otro del patronato de Asuntos Sociales, relativos a la contratación de monitores becados. En el primer caso, se señala que no hay contrato escrito . En este sentido, el interventor considera que la relación mantenida con tales personas cumple los requisitos de dependencia y continuidad que definen el contrato de trabajo según el estatuto. Por su parte, también manifiesta que no han cotizado a la Seguridad Social durante el tiempo de trabajo.

En el segundo caso, se prorrogan contratos de trabajo temporal sin someterse a fiscalización previa, lo que presuntamente contraviene lo estipulado en el artículo 15 del estatuto del trabajador en cuanto a la duración máxima de los contratos de referencia. En ambos casos, la presidenta del patronato correspondiente levanta el reparo y ordena los pagos, sin que consten los informes de discrepancias correspondientes.

Las aportaciones económicas a las entidades Somucisa y Epassa son asimismo objeto de reparo. El interventor cuestionó la aportación municipal del ejercicio 2014 para gastos de personal a la entidad Somucisa, de julio a diciembre, y a una transferencia corriente para gastos financieros de 455.000 euros a la empresa municipal EPASSA en noviembre. El interventor puso de manifiesto que el Ayuntamiento no tenía capacidad para realizar aportaciones a las sociedades municipales por contar con un plan de ajuste.

El alcalde resolvió ordenar el pago en base al informe de discrepancia del entonces teniente alcalde de Hacienda y Comunicación, en el que éste resaltó que los gastos reparados eran necesarios para el funcionamiento de la sociedad. Ante esto, el regidor, por decreto, resolvió la discrepancia y levantó el reparo. De esta manera, atendió los argumentos del informe del órgano gestor.

La intervención elaboró asimismo informes de fiscalización con reparos a operaciones de crédito de tesorería porque excedieron en su conjunto del 30% de los ingresos liquidados por operaciones corrientes en el último ejercicio liquidado. También porque comprometieron la capacidad para hacer frente, en el tiempo, a las obligaciones derivadas, dada la situación financiera de la administración, acuciada por las deudas . El alcalde, por delegación del pleno, acordó llevar a cabo estas medidas financieras.

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